Comunicaciones al DO nº T-612/20 of Tribunal General de la Unión Europea, October 30, 2020
Resolution Date | October 30, 2020 |
Issuing Organization | Tribunal General de la Unión Europea |
Decision Number | T-612/20 |
Recurso interpuesto el 4 de octubre de 2020 - Malacalza Investimenti/BCE
(Asunto T-612/20)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Malacalza Investimenti Srl (Génova, Italia) (representantes: M. Condinanzi y L. Boggio, abogados)
Demandada: Banco Central Europeo
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
Anule y declare nulas y sin efecto las decisiones impugnadas, previa determinación de su ilegalidad.
Condene en costas a la parte demandada.
Motivos y principales alegaciones
El presente recurso tiene por objeto la decisión del Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo de 1 de enero de 2019, ECB-SSM-2019-ITCAR-11, dirigida a Banca Carige S.p.A., Consejo de Administración y Comisión de Auditoría, adoptada sobre la base de un proyecto de decisión del Consejo de Supervisión, con arreglo al artículo 26, apartado 8, del Reglamento (UE) n.º 1024/2013 del Consejo, de conformidad con los artículos 69 octodecies, 70 y 98 del Decreto Legislativo n.º 385, de 1 de septiembre de 1993 («TUB»), por los que se transpone el artículo 29 de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación con el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1024/2013, de disolver los órganos de administración y control de Banca Carige S.p.A., con domicilio social en Génova, y de sustituirlos, respectivamente, por tres comisarios extraordinarios y por un comité de supervisión integrado por tres miembros, así como las sucesivas decisiones de prórroga de la administración extraordinaria.
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.
Primer motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad, en la infracción de los artículos 28 y 29 de la Directiva 2014/59/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.º 1093/2010 y (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2014, L 173, p. 190), y en la infracción de los artículos 69 octodecies y siguientes del Decreto Legislativo n.º 385, de 1 de septiembre de 1993 (TUB).
A este respecto, se alega que la medida de administración extraordinaria manifiestamente va más...
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