Comunicaciones al DO nº C-268/20 of Tribunal de Justicia, President, September 11, 2020

Resolution DateSeptember 11, 2020
Issuing OrganizationPresident
Decision NumberC-268/20

Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ceuta (España) el 16 de junio de 2020 - XV / Cajamar Caja Rural S.C.C.

(Asunto C-268/20)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ceuta

Partes en el procedimiento principal

Demandante/Recurrente: XV

Demandada/Otra parte: Cajamar Caja Rural S.C.C.

Cuestiones prejudiciales

Si, de conformidad con la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores1 , y en particular de sus artículos 6.1 y 7.1, a fin de garantizar la protección de consumidores y usuarios y la jurisprudencia comunitaria que la desarrolla, es ajustado al Derecho de la Unión: el fijar como criterio inequívoco el Tribunal Supremo en sus sentencias 44 a 49 de 23/01/2019 la determinación según la cual en los contratos de préstamo hipotecario concertados con consumidores, es abusiva la cláusula no negociada que fija que todos los gastos de constitución de la operación de préstamo hipotecario deban repercutirse sobre la persona del prestatario, y con distribución de los diferentes conceptos que se integran en dicha cláusula abusiva y declarada nula, entre la entidad bancaria predisponente y el consumidor prestatario, con el fin de limitar la restitución de las cantidades indebidamente abonadas por aplicación de la legislación nacional.

Y si, de conformidad con la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, y en particular de sus artículos 6.1 y 7.1, a fin de garantizar la ' protección de consumidores y usuarios y la jurisprudencia...

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