Comunicaciones al DO nº T-257/20 of Tribunal General de la Unión Europea, Sala 3ª, June 05, 2020

Resolution DateJune 05, 2020
Issuing OrganizationSala Tercera
Decision NumberT-257/20

Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2020 - González Calvet/JUR

(Asunto T-257/20)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandantes: Ramón González Calvet y Joan González Calvet (Barcelona, España) (representante: P. Molina Bosch, abogado)

Demandada: Junta Única de Resolución

Pretensiones

Los demandantes solicitan al Tribunal General que:

Se anule la decisión de la Junta Única de Resolución SRB/EES/2020/52, de 17 de marzo de 2020;

Se valore el conjunto de activos de todo el grupo Banco Popular y no solo los de la matriz por separado de los activos de sus filiales como ha hecho Deloitte pues todo el grupo ha sido absorbido por Banco Santander y no solo la matriz;

Se valoren los préstamos no dudosos por el 100% de su valor en libros;

Se valoren los préstamos dudosos por el 100% de su valor en libros puesto que su cobertura entre garantías y provisiones era cercana al 100%;

Se valoren los activos inmobiliarios del grupo Banco Popular en 10.896 millones de euros, pues ya estaban descontadas las provisiones correspondientes;

Se valoren los activos totales del grupo Banco Popular en 153.785 millones de euros según las argumentaciones contenidas en el recurso, lo que da un valor de realización para accionistas en caso de liquidación de 29.365 millones de euros una vez descontados los 124.420 millones de euros que, según Deloitte, se debían a los acreedores;

Se establezca una indemnización de 7,00 euros por acción resultado de dividir 29.365 millones de euros entre 4.196 millones de acciones que había en circulación en el momento de la resolución;

se indemnice a D. Ramon González Calvet con 317.072 euros (trescientos diecisiete mil setenta y dos euros) por la expropiación de sus 45.296 acciones y a D. Juan González Calvet con 11.977 euros (once mil novecientos setenta y siete euros) por la expropiación de sus 1.711 acciones más las costas judiciales.

Motivos y principales alegaciones

El 6 de junio de 2017 la Junta Única de Resolución (JUR) resolvió Banco Popular y lo vendió por el precio de 1 euro a Banco Santander. El 17 de marzo de 2020 la Junta Única de Resolución, después del derecho de audiencia a los obligacionistas y accionistas de Banco Popular afectados por su resolución, en su decisión SRB/EES/2020/52 ha determinado que no procede indemnización alguna a dichos afectados basándose en el informe de valoración 3 de Deloitte.

En el recurso, los recurrentes consideran que Deloitte es una empresa auditora desprestigiada por casos...

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