Comunicaciones al DO nº T-189/19 of Tribunal General de la Unión Europea, Sala 4ª, May 17, 2019

Resolution DateMay 17, 2019
Issuing OrganizationSala Cuarta
Decision NumberT-189/19

Recurso interpuesto el 3 de abril de 2019 - Haikal/Consejo

(Asunto T-189/19)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Maen Haikal (Damasco, Siria) (representante: Stanislav Koev, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare que el presente recurso es en su integralidad admisible y fundado y estime todos los motivos que en él se exponen.

Declare que los actos impugnados deben ser anulados parcialmente.

Anule parcialmente, en la medida en que atañe al Sr. Haikal, la Decisión (PESC) 2019/87 del Consejo, de 21 de enero de 2019, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria.

Anule parcialmente, en la medida en que atañe al Sr. Haikal, el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/85 del Consejo, de 21 de enero de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Condene al Consejo de la Unión Europea a cargar con las costas del procedimiento, suplidos, honorarios y demás gastos causados en relación con la defensa y representación del demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

Primer motivo, basado en el incumplimiento por el Consejo de la obligación de motivación: artículo 6 del Convenio para la Protección de los Derechos Fundamentales (CEDH), artículo 296 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Segundo motivo, basado en la violación de los principios de legalidad y proporcionalidad de los delitos y las penas: artículo 49 de la Carta de los Derechos Humanos de la Unión Europea.

Tercer motivo, basado en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: artículos 6 y 13 CEDH, artículo 215 TFUE y artículos 41 y 47 de la Carta de los Derechos Humanos de la Unión Europea.

Cuarto motivo, basado en la existencia de error de apreciación por parte del Consejo.

Quinto motivo, basado en la vulneración del derecho a la propiedad, la violación del principio de proporcionalidad y la vulneración de la libertad económica: artículo 1 del Protocolo Adicional del CEDH y artículo 17 de la Carta de los...

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