Case nº C-761/18 P of Tribunal de Justicia, Sala Quinta, January 21, 2021

Resolution DateJanuary 21, 2021
Issuing OrganizationSala Quinta
Decision NumberC-761/18 P

En el asunto C-761/18 P,

que tiene por objeto un recurso de casación interpuesto, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 3 de diciembre de 2018,

Päivi Leino-Sandberg, con domicilio en Helsinki (Finlandia), representada por los Sres. O. W. Brouwer y B. A. Verheijen, advocaten, y por el Sr. S. Schubert, Rechtsanwalt,

parte recurrente,

apoyada por

República de Finlandia, representada por la Sra. M. Pere, en calidad de agente,

Reino de Suecia, representado inicialmente por las Sras. A. Falk, C. Meyer-Seitz, H. Shev, J. Lundberg y H. Eklinder, y posteriormente por las Sras. C. Meyer-Seitz, H. Shev y H. Eklinder, en calidad de agentes,

partes coadyuvantes en casación,

y en el que la otra parte en el procedimiento es:

Parlamento Europeo, representado por las Sras. C. Burgos, I. Anagnostopoulou y L. Vétillard, en calidad de agentes,

parte demandada en primera instancia,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta),

integrado por el Sr. E. Regan, Presidente de Sala, y los Sres. M. Ilešič, E. Juhász, C. Lycourgos e I. Jarukaitis (Ponente), Jueces;

Abogado General: Sr. M. Bobek;

Secretario: Sr. A. Calot Escobar;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 16 de julio de 2020;

dicta la siguiente

Sentencia

1 Mediante su recurso de casación, la Sra. Päivi Leino-Sandberg solicita la anulación del auto del Tribunal General de 20 de septiembre de 2018, Leino-Sandberg/Parlamento (T-421/17, no publicado, en lo sucesivo, «auto recurrido», EU:T:2018:628), mediante el que este declaró que procedía sobreseer su recurso en el que solicitaba la anulación de la Decisión A(2016) 15112 del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 2017 (en lo sucesivo, «Decisión controvertida»), por la que se le denegaba el acceso a la Decisión A(2015) 4931 del Parlamento Europeo, de 8 de julio de 2015, dirigida al Sr. Emilio De Capitani.

Antecedentes del litigio

2 La recurrente, profesora de Derecho internacional y de Derecho europeo en la University of Eastern Finland (Universidad de Finlandia Oriental), presentó al Parlamento, en el marco de dos proyectos de investigación relativos a la transparencia en los diálogos tripartitos, una solicitud de acceso a documentos de dicha institución. En ese contexto, solicitó específicamente tener acceso a la Decisión A(2015) 4931 del Parlamento Europeo, de 8 de julio de 2015, por la que se denegaba al Sr. De Capitani el acceso íntegro a los documentos LIBE-2013-0091-02 y LIBE-2013-0091-03 [en lo sucesivo, «Decisión A(2015) 4931» o «documento solicitado»]. Mediante esa decisión, el Parlamento denegó al Sr. De Capitani, esencialmente, el acceso a la cuarta columna de dos cuadros elaborados en el contexto de diálogos tripartitos entonces en curso.

3 La mencionada decisión fue objeto de un recurso de anulación interpuesto por el Sr. De Capitani, registrado en la Secretaría del Tribunal General el 18 de septiembre de 2015 con el número de asunto T-540/15. Entre tanto, el Sr. De Capitani hizo público dicho documento difundiéndolo en línea en un blog (en lo sucesivo, «documento controvertido»).

4 Mediante la Decisión controvertida, el Parlamento denegó a la recurrente el acceso al documento solicitado, alegando que, dado que había sido impugnado por su destinatario ante el Tribunal General y que el procedimiento jurisdiccional estaba aún en tramitación, su divulgación supondría un perjuicio para la protección de los procedimientos judiciales reconocida en el artículo 4, apartado 2, segundo guion, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

5 Mediante sentencia de 22 de marzo de 2018, De Capitani/Parlamento (T-540/15, EU:T:2018:167), el Tribunal General anuló la Decisión A(2015) 4931.

Procedimiento ante el Tribunal General y auto recurrido

6 Mediante demanda presentada en la Secretaría del Tribunal General el 6 de julio de 2017, la recurrente interpuso recurso de anulación contra la Decisión controvertida. La República de Finlandia y el Reino de Suecia solicitaron intervenir en el procedimiento en apoyo de las pretensiones de la recurrente.

7 El 14 de noviembre de 2017, el Tribunal General, mediante una diligencia de ordenación del procedimiento adoptada con arreglo al artículo 89 de su Reglamento de Procedimiento, preguntó a la recurrente, en particular, si consideraba que había visto satisfecha su pretensión, puesto que podía consultar el documento controvertido en Internet. El 27 de marzo de 2018, mediante escrito separado presentado en la Secretaría del Tribunal General con arreglo al artículo 130, apartado 2, de dicho Reglamento de Procedimiento, el Parlamento presentó una demanda de sobreseimiento.

8 El 20 de abril de 2018, la recurrente presentó en la Secretaría del Tribunal General sus observaciones sobre la demanda de sobreseimiento, solicitando al Tribunal General que desestimara dicha demanda.

9 Mediante el auto recurrido, el Tribunal General declaró que procedía sobreseer el recurso de la recurrente ya que, tras la divulgación del documento controvertido en Internet, dicho recurso había quedado sin objeto. El Tribunal General excluyó aplicar la jurisprudencia con arreglo a la cual un demandante puede seguir teniendo interés en solicitar la anulación de un acto de una institución de la Unión para evitar que la ilegalidad en que supuestamente incurre dicho acto se repita en el futuro. Según el Tribunal General, la negativa del Parlamento era de naturaleza puntual y coyuntural.

Pretensiones de las partes ante el Tribunal de Justicia

10 Mediante su recurso de casación, la recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

- Anule el auto recurrido.

- Resuelva...

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