Comunicaciones al DO nº C-490/20 of Tribunal de Justicia, November 27, 2020

Resolution DateNovember 27, 2020
Issuing OrganizationTribunal de Justicia
Decision NumberC-490/20

Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad (Bulgaria) el 2 de octubre de 2020 - V.M.A. / Stolichna Obsthina, Rayon «Pancharevo»

(Asunto C-490/20)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen sad Sofia-grad

Partes en el procedimiento principal

Demandante: V.M.A.

Demandada: Stolichna Obsthina, Rayon «Pancharevo»

Cuestiones prejudiciales

  1. ¿Deben interpretarse los artículos 20 TFUE y 21 TFUE y los artículos 7, 24 y 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que las autoridades administrativas búlgaras ante las que se ha solicitado la certificación del nacimiento de una menor de nacionalidad búlgara, producido en otro Estado miembro de la Unión Europea y acreditado mediante certificación española de nacimiento en la que figuran como madres dos personas de sexo femenino sin mayores precisiones acerca de si alguna de las dos, y en su caso cuál, es la madre biológica de la menor, no pueden denegar la expedición de una certificación búlgara de nacimiento amparándose en que la demandante rehúse indicar cuál es la madre biológica de la menor?

  2. ¿Deben interpretarse el artículo 4 TUE, apartado 2, y el artículo 9 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que, en virtud del respeto a la identidad nacional y constitucional de los Estados miembros de la Unión, estos disponen de un margen amplio de discrecionalidad en relación con la normativa sobre determinación de la filiación? En particular:

    - ¿Debe interpretarse el artículo 4 TUE, apartado 2, en el sentido de que los Estados miembros pueden exigir que se aporten datos sobre la filiación biológica de la menor?

    - ¿Debe interpretarse el artículo 4 TUE, apartado 2, en relación con los artículos 7 y 24, apartado 2, de la Carta, en el sentido de que es imprescindible ponderar la identidad nacional y constitucional del Estado miembro por un lado y el interés superior de la menor por otro para intentar conciliarlos, habida cuenta de que ni en el plano de los valores ni en el jurídico existe actualmente consenso sobre la...

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