Comunicaciones al DO nº T-92/20 of Tribunal General de la Unión Europea, Sala 2ª, April 24, 2020

Resolution DateApril 24, 2020
Issuing OrganizationSala Segunda
Decision NumberT-92/20

Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2020 - Fryč / Comisión

(Asunto T-92/20)

Lengua de procedimiento: checo

Partes

Demandante: Petr Fryč (Pardubice, República Checa) (representante: Š. Oharková, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare que las instituciones de la Unión Europea incumplieron gravemente sus obligaciones y ocasionaron un perjuicio al demandante, ya que:

- la Comisión Europea adoptó el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de 6 de agosto de 2008 (Reglamento general de exención por categorías) excediendo, entre otros, la delegación resultante de los Tratados, no garantizando el respeto de los principios constitucionales relativos al carácter excepcional y justificado de la injerencia en la competencia, que influye en el mercado común, haciendo posible de modo contrario a Derecho la puesta en marcha de la ayuda de Estado en el marco del programa de subvenciones (Programa operativo «espíritu emprendedor e innovación»; en lo sucesivo, «OPPI»), ayuda que perjudicó la actividad económica ejercida por el demandante;

mediante Decisión de 3 de diciembre de 2007, que no fue publicada, la Comisión introdujo un programa operativo contrario a los Tratados y a la Carta de los Derechos Fundamentales;

la Comisión Europea no actuó de modo adecuado antes de examinar la denuncia presentada ante la misma por el demandante relativa a la ilegalidad del OPPI, ya que no investigó los requisitos y la aplicación del OPPI ni motivó adecuadamente la desestimación de la denuncia que le presentó el demandante;

el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no abordó el fondo del asunto al conocer del recurso de anulación del Reglamento general de exención por categoría y desestimó el recurso por ser manifiestamente infundado, incumpliendo con ello su obligación legal de cumplir el principio de proporcionalidad y, por un excesivo formalismo, menoscabó de modo unilateral el derecho constitucional del demandante a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial.

- Declare que la demandada debe abonar en favor del demandante la cantidad de 4 800 000 euros, en concepto de reparación del perjuicio ocasionado del modo reseñado, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se dicte la sentencia.

- Condene al reembolso de las costas en favor del demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca cinco motivos.

Primer motivo, basado en que se ha...

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