Council Implementing Regulation (EU) 2021/478 of 22 March 2021 implementing Regulation (EU) 2020/1998 concerning restrictive measures against serious human rights violations and abuses

Celex Number32021R0478
ELIhttp://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/478/oj
Published date22 March 2021
Date22 March 2021
Date of Signature22 March 2021
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 099I, 22 March 2021
LI2021099ES.01000101.xml
22.3.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea LI 99/1

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/478 DEL CONSEJO

de 22 de marzo de 2021

por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo, de 7 de diciembre de 2020, relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 7 de diciembre de 2020, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2020/1998.
(2) El 8 de diciembre de 2020, en la Declaración del Alto Representante, en nombre de la Unión, relativa al régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos, la Unión y sus Estados miembros reiteraron su firme compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo. El régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos subraya la determinación de la Unión de reforzar su papel a la hora de hacer frente a violaciones y abusos graves de los derechos humanos en todo el mundo. Hacer realidad el disfrute efectivo de los derechos humanos por parte de todos es un objetivo estratégico de la Unión. El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad y el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos son valores fundamentales de la Unión y de su política exterior y de seguridad común.
(3) El 2 de marzo de 2021, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2021/372 (2) y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/371 (3), por las que se designaba a cuatro ciudadanos rusos implicados en violaciones graves de los derechos humanos en Rusia, incluidos arrestos y detenciones arbitrarios, así como la represión generalizada y sistemática de la libertad de reunión pacífica y de asociación y la libertad de opinión y expresión.
(4) La Unión sigue profundamente preocupada por las violaciones y abusos graves de los derechos humanos en distintas partes del mundo, tales como torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas o el uso sistemático de trabajos forzados cometidos por personas y entidades en China, la República Popular Democrática de Corea, Libia, Eritrea, Sudán del Sur y Rusia.
(5) En este contexto, debe incluirse a once personas y cuatro entidades en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998.
(6) Por consiguiente, procede modificar el Reglamento (UE) 2020/1998 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES


(1) DO L 410 I de 7.12.2020, p. 1.

(2) Decisión (PESC) 2021/372 del Consejo, de 2 de marzo de 2021, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2020/1999 relativa a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (DO L 71 I de 2.3.2021, p. 6).

(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/371 del Consejo, de 2 de marzo de 2021, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (DO L 71 I de 2.3.2021, p. 1).


ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica como sigue:

1) La lista de personas físicas de la sección A («Personas físicas») se modifica como sigue:
a) el título de la segunda columna «Nombres (transcripción de la ortografía rusa)» se reemplaza por «Nombres (transliteración al alfabeto latino)»;
b) el título de la tercera columna «Nombres (ortografía rusa)» se reemplaza por «Nombres»;
c) se añaden las siguientes entradas:
Nombre (transliteración al alfabeto latino) Nombre Datos informativos a efectos de identificación Motivos de inclusión en la lista Fecha de inclusión en la lista
«5. ZHU Hailun 朱海仑 (ortografía china) Cargo(s): antiguo jefe adjunto de la XIII Asamblea Popular de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang. Fecha de nacimiento: enero de 1958 Lugar de nacimiento: Lianshui, Jiangsu (China) Nacionalidad: china Sexo: masculino Exsecretario del Comité de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang y antiguo subsecretario del Comité del Partido en dicha región (de 2016 a 2019). Antiguo jefe adjunto de la XIII Asamblea Popular de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang, un organismo legislativo regional (de 2019 a febrero de 2021). 22.3.2021
En su calidad de secretario del Comité de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (de 2016 a 2019), Zhu Hailun fue el responsable de la seguridad interior y la aplicación de las leyes en la región. Ocupó, como tal, un cargo político clave desde el que se encargaba de supervisar y ejecutar el programa de vigilancia, detención y adoctrinamiento a gran escala dirigido a los uigures y a personas de otras minorías étnicas musulmanas. Se han referido a Zhu Hailun como el “arquitecto” de este programa. Por tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en China, en particular de detenciones masivas arbitrarias de uigures y personas de otras minorías étnicas musulmanas.
En tanto que jefe adjunto de la XIII Asamblea Popular de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (de 2019 a febrero de 2021), Zhu Hailun continuó ejerciendo una influencia decisiva en la región autónoma, donde sigue aplicándose el programa de vigilancia, detención y adoctrinamiento a gran escala dirigido a los uigures y a personas de otras minorías étnicas musulmanas.
6. WANG Junzheng 王君正 (ortografía china) Cargo(s): secretario del Partido del Cuerpo de Producción y Construcción de Xinjiang (XPCC) y subsecretario del Comité del Partido de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang. Comisario político del XPCC y director general China Xinjian Group. Fecha de nacimiento: mayo de 1963 Lugar de nacimiento: Linyi, Shandong (China) Nacionalidad: china Sexo: masculino Secretario del Partido del Cuerpo de Producción y Construcción de Xinjiang (XPCC) y subsecretario del Comité del Partido de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang desde abril de 2020, así como comisario político del XPCC desde mayo de 2020. Exsecretario del Comité de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (de febrero de 2019 a septiembre de 2020). Wang Junzheng también ocupa otros cargos de responsabilidad en el XPCC. El XPCC es una organización económica y paramilitar propiedad del Estado en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang que ejerce autoridad administrativa y controla las actividades económicas en Xinjiang. 22.3.2021
En su calidad de secretario del Partido y comisario político del XPCC desde 2020, Wang Junzheng participa en la supervisión de todas las políticas ejecutadas por el XPCC. En el ejercicio de su cargo, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en China, en particular de detenciones masivas arbitrarias de uigures y personas de otras minorías étnicas musulmanas, así como de tratos degradantes hacia ellos y de violaciones sistemáticas de su libertad de conciencia y de religión, en relación, entre otras cosas, con la ejecución por parte del XPCC de un programa de vigilancia, detención y adoctrinamiento a gran escala dirigido a los uigures y a personas de otras minorías étnicas musulmanas.
También es responsable del uso sistemático que hace el XPCC de la población uigur y de otras minorías étnicas musulmanas como mano de obra forzosa, en particular en los campos de algodón. Como subsecretario del Comité del Partido de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang desde 2020, Wang Junzheng
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