89/19/EEC: Commission Decision of 23 December 1988 adopting the 1989 plan allocating to the Member States resources to be charged to the 1989 budget year for the supply of food from intervention stocks to designated organizations for distribution to the most deprived persons in the Community

Published date11 January 1989
Subject MatterSocial provisions,Agriculture and Fisheries,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF),Financial provisions
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 8, 11 January 1989
EUR-Lex - 31989D0019 - ES

DECISION DE LA COMISION de 23 de diciembre de 1988 por la que se adopta el plan para 1989 que establece la asignacion a los Estados Miembros de recursos imputables al ejercicio presupuestario para el suministro a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de existencias de intervencion, para su distribucion entre las personas mas necesitadas de la Comunidad (89/19/CEE)

Diario Oficial n° L 008 de 11/01/1989 p. 0019 - 0021


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DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 23 de diciembre de 1988

por la que se adopta el plan para 1989 que establece la asignación a los Estados Miembros de recursos imputables al ejercicio presupuestario para el suministro a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de existencias de intervención, para su distribución entre las personas más necesitadas de la Comunidad

(89/19/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3730/87 del Consejo, de 10 de diciembre de 1987, por el que se establecen las normas generales aplicables al suministro a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de existencias de intervención y destinados a ser distribuidos a las personas más necesitadas de la Comunidad (1),

Visto el Reglamento (CEE) no 3744/87 de la Comisión, de 14 de diciembre de 1987, por el que se establecen las normas específicas de aplicación del suministro de alimentos procedentes de existencias de intervención a organismos designados para distribuirlos entre las personas más necesitadas de la Comunidad (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 4059/88 (3), y, en particular, su artículo 2,

Visto el Reglamento (CEE) no 1676/85 del Consejo, de 11 de junio de 1985, relativo al valor de la unidad de cuenta y a los tipos de conversión que deben aplicarse en el marco de la Política Agraria Común (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1636/87 (5), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 2,

Considerando que, para llevar a cabo el programa de abastecimiento de dichos alimentos al sector más necesitado de la población, que se financiará con recursos del ejercicio presupuestario de 1989, la Comisión deberá adoptar un plan; que en dicho plan se deberán indicar, en particular, las cantidades de cada tipo de producto que podrán ser retiradas de las existencias de intervención para su distribución en cada Estado miembro y los recursos financieros de que podrá disponerse para aplicar el plan en cada Estado miembro; que en dicho plan se indicarán...

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