Council Recommendation of 16 June 2022 on individual learning accounts 2022/C 243/03

Celex Number32022H0627(03)
Published date27 June 2022
Date16 June 2022
Date of Signature16 June 2022
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, C 243, 27 June 2022
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27.6.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 243/26

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 16 de junio de 2022

relativa a las cuentas de aprendizaje individuales

(2022/C 243/03)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 292 en relación con su artículo 149,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) Contar con una mano de obra cualificada es crucial para reforzar la competitividad sostenible de la Unión, apoyar una recuperación generadora de empleo tras la pandemia de COVID-19 y garantizar que las transiciones digital y ecológica sean socialmente justas. Para adaptarse a la evolución de los mercados laborales, los trabajadores deben ir mejorando sus capacidades. En un contexto de cambio demográfico, la adquisición y el perfeccionamiento de capacidades brindan nuevas oportunidades y preparan a las personas para desempeñar un papel activo en la gestión de las transiciones en el mercado laboral y participar plenamente en la sociedad. Además, el perfeccionamiento y el reciclaje profesionales de los adultos pueden ser poderosas herramientas para promover la equidad social y la inclusión en aras de una transición justa.
(2) El artículo 14, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales (1) establece que toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional y permanente. El primer principio del pilar europeo de derechos sociales (en lo sucesivo, «pilar»), proclamado conjuntamente por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017 (2) establece que toda persona tiene derecho a una educación, formación y aprendizaje permanente inclusivos y de calidad, a fin de mantener y adquirir capacidades que le permitan participar plenamente en la sociedad y gestionar con éxito las transiciones en el mercado laboral. El cuarto principio del pilar se refiere al apoyo activo para el empleo, que tiene por objeto defender el derecho de toda persona a recibir asistencia personalizada y oportuna a fin de mejorar sus perspectivas de empleo o de trabajar por cuenta propia. El quinto principio del pilar, que versa sobre el derecho a un empleo seguro y adaptable, hace hincapié en que, con independencia del tipo y la duración de la relación laboral, los trabajadores tienen el derecho de disfrutar de un trato justo y equitativo en materia de condiciones de trabajo, acceso a la protección social y formación.
(3) El 25 de junio de 2021, el Consejo Europeo valoró positivamente los objetivos principales de la Unión establecidos en el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales, en consonancia con la Declaración de Oporto, de 8 de mayo de 2021, respaldando así la ambición de garantizar que, de aquí a 2030, al menos el 60 % de los adultos participen en actividades de formación todos los años. Sin embargo, la participación en el aprendizaje de adultos en la Unión se ha estancado en la última década y veintiún Estados miembros no alcanzaron el objetivo fijado por la Unión para 2020. En vista de ello, el Consejo aprobó la Resolución sobre un nuevo plan europeo de aprendizaje de adultos 2021-2030 (3) a fin de apoyar los avances hacia el objetivo principal de la Unión en materia de aprendizaje de adultos. Con demasiada frecuencia, las oportunidades de desarrollo de capacidades están fuera del alcance de muchos adultos, como los que tienen formas atípicas de trabajo, los empleados de pequeñas y medianas empresas (pymes), los desempleados, las personas inactivas y las poco cualificadas.
(4) La Agenda de Capacidades Europea, adoptada por la Comisión el 1 de julio de 2020, insta a contribuir a una revolución de las capacidades que convierta las transiciones ecológica y digital en oportunidades para una recuperación rápida y justa. Entre otras medidas, anuncia que la Comisión estudiará el modo en que las cuentas de aprendizaje individuales pueden servir de herramienta para apoyar el perfeccionamiento y el reciclaje profesionales de los adultos en edad laboral, como complemento de otras acciones dirigidas a los empleadores y los proveedores de educación y formación.
(5) Serán necesarias medidas que fomenten tanto la adquisición de capacidades para la transición ecológica como la mejora de las competencias y el reciclaje profesional de la mano de obra en el contexto de la transición a una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, tal como se establece en el Pacto Verde Europeo, que tiene como objetivo alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050. En su Comunicación de 14 de julio de 2021 titulada «Objetivo 55», la Comisión reconoce que la transición ecológica solo puede tener éxito si la Unión cuenta con la mano de obra cualificada que necesita para seguir siendo competitiva, y alude a las acciones emblemáticas de la Agenda Europea de Capacidades para dotar a las personas de las capacidades necesarias para las transiciones ecológica y digital.
(6) En su Comunicación de 9 de marzo de 2021 sobre el Decenio Digital de Europa, la Comisión señala que falta personal con competencias digitales adecuadas y que existe un desequilibrio entre sexos entre los especialistas en tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y entre los graduados en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas. Reitera asimismo el objetivo de garantizar que, en 2030 a más tardar, como mínimo el 80 % de la población de la Unión tenga al menos capacidades digitales básicas, y propone que, para esa fecha, haya 20 millones de especialistas en tecnologías de la información y las comunicaciones trabajando, con convergencia entre mujeres y hombres. En la propuesta de la Comisión de 15 de septiembre de 2021 sobre el «Itinerario hacia la Década Digital» se propone la creación de un marco para avanzar hacia el cumplimiento de esos objetivos. En el Plan de Acción de Educación Digital 2021-2027 de 30 de septiembre de 2020 se hace hincapié en que los medios tecnológicos deben utilizarse para facilitar la accesibilidad y reforzar la flexibilidad de las oportunidades de aprendizaje, también en el ámbito del perfeccionamiento y el reciclaje profesionales.
(7) En la Comunicación de la Comisión de 10 de marzo de 2020 sobre la nueva Estrategia Industrial para Europa se aboga por una actuación decisiva para hacer del aprendizaje permanente una realidad para todos y garantizar que la educación y la formación sigan el ritmo y ayuden a conseguir la doble transición.
(8) En las Conclusiones del Consejo de 8 de junio de 2020 (4) se exhorta a los Estados miembros a que, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales y respetando siempre el cometido y la autonomía de los interlocutores sociales, estudien posibles modelos de financiación pública y privada del aprendizaje permanente y el desarrollo de capacidades a nivel individual, ya que la financiación sostenible es especialmente importante en el contexto de la escasez de mano de obra cualificada, y presten especial atención a los grupos vulnerables y a los trabajadores con una baja cualificación, y se pide a la Comisión que, en consonancia con sus competencias, apoye a los Estados miembros en esta labor.
(9) Uno de los principales obstáculos que inciden en la participación en actividades de aprendizaje es el apoyo financiero insuficiente para las personas. En general, las inversiones públicas y privadas son insuficientes. La mayor parte de la formación relacionada con el empleo en la Unión está promovida por los empleadores. Sin embargo, muchas empresas, en particular las pymes, no ofrecen formación a su personal ni la financian, y las personas que realizan trabajos atípicos tienen menos o ningún acceso a formación promovida por los empleadores. Tales desigualdades podrían mermar el bienestar y la salud de las personas afectadas, reducir la competitividad económica, dar lugar al desaprovechamiento de oportunidades y obstaculizar la innovación, y amenazan con dejar a personas atrás en la transición hacia actividades económicas más sostenibles.
(10) Además de los costes directos, las limitaciones de tiempo son un factor importante que impide a los adultos buscar posibilidades de formación. Aunque en la mayoría de los Estados miembros (5) existen sistemas de permisos de formación remunerados, la información sobre los permisos de formación y la utilización de tales permisos por parte de los adultos en edad de trabajar suelen ser escasas, y los sistemas a menudo no cubren a los trabajadores atípicos o no permiten que los adultos busquen actividades de educación y de formación durante los períodos de desempleo o de baja actividad económica.
(11) Muchos adultos, especialmente los poco cualificados y los más alejados del mercado laboral, carecen de motivación para seguir una formación. Es posible que no sean conscientes de sus propias necesidades en materia de capacidades y no sepan si pueden acceder a apoyo y formación o si la formación disponible es de buena calidad y está reconocida en el mercado laboral. Además, es posible que los interesados no estén motivados para participar en una formación que ha sido elegida sin consultarles y que no se adapta a sus necesidades.
(12) Es necesario adoptar un nuevo enfoque del perfeccionamiento y el reciclaje profesionales en la Unión. Este enfoque debe complementar los instrumentos existentes y basarse en compromisos políticos, responsabilizando a las personas y dotándolas del apoyo y las herramientas que necesitan para perfeccionarse o reciclarse profesionalmente, en todos los niveles de cualificación.
(13) En su dictamen de 16 de agosto de 2021 relativo a la iniciativa de la Unión sobre las cuentas de aprendizaje individuales y el refuerzo de la oferta de formación
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