Comisión administrativa para la seguridad social de los trabajadores migrantes

Issuing OrganizationComisión Administrativa para la Seguridad Social de los Trabajadores Migrantes

COMISIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES MIGRANTES (2002/C 20/06) Los costes medios anuales no tienen en cuenta la reducción del 20 % prevista en los apartados 2 de los artículos 94 y 95 del Reglamento (CEE) no 574/72 del Consejo.

Se ha aplicado la reducción del 20 % a los costes medios mensuales netos.

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE, 1998 (1) I. Aplicación del artículo 94 del Reglamento (CEE) no 574/72

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 1998 a los miembros de la familia, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19 del Reglamento (CEE) no 1408/71, se determinarÆn los importes que deben reembolsarse con arreglo a los siguientes costes medios:

Anuales Mensuales netos Grecia 199 839 GRD 13 323 GRD 39,10 EUR Francia 7 893,40 FRF 526,23 FRF 80,22 EUR Suecia 11 006,07 SEK 733,74 SEK II. Aplicación del artículo 95 del Reglamento (CEE) no 574/72

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 1998, conforme a lo dispuesto en los artículos 28 y 28 bis del Reglamento (CEE) no 1408/71, se determinarÆn los importes que deben reembolsarse con arreglo a los siguientes costes medios:

Anuales Mensuales netos Grecia por familia 335 145 GRD 22 343 GRD 65,57 EUR por persona 219 617 GRD 14 641 GRD 42,97 EUR Francia 23 568,29 FRF 1 571,22 FRF 239,53 EUR Suecia por familia 34 700,53 SEK 2 313,37 SEK por persona 32 860,35 SEK 2 190,69 SEK ESC 20/20 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 23.1.2002 (1) Costes medios: Espaæa y Luxemburgo (DO C 27 de 29.1.2000).

Costes medios: Países Bajos y Austria (DO C 207 de 20.7.2000).

Costes medios: BØlgica, Alemania y Portugal (DO C 76 de 8.3.2001).

Costes medios: Reino Unido (DO C 211 de 28.7.2001).

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE, 1999 (1) I. Aplicación del artículo 94 del Reglamento (CEE) no 574/72

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 1999 a los miembros de la familia, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19 del Reglamento (CEE) no 1408/71, se determinarÆn los importes que deben reembolsarse con arreglo a los siguientes costes medios:

Anuales Mensuales netos BØlgica 40 789 BEF 2 719 BEF 67,40 EUR Grecia 230 223 GRD 15 348 GRD 45,04 EUR Francia 7 855,88 FRF 523,73 FRF 79,84 EUR Luxemburgo 77 667 LUF 5 178 LUF 128,36 EUR Países Bajos 2 502,51 NLG 166,83 NLG 75,71 EUR Portugal 116 143 PTE 7 743 PTE 38,62 EUR Reino Unido 1 185,83 GBP 79,06 GBP II. Aplicación del...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT