Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC nº 1/2011/SC, de 29 de septiembre de 2011, relativa a la auditoría de los programas y proyectos en el marco del Mecanismo Financiero (2009-2014)

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Permanente

22.12.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 341/67

ES

III (Otros actos)

ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

DECISIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE LOS ESTADOS DE LA AELC

N o 1/2011/SC

de 29 de septiembre de 2011

relativa a la auditoría de los programas y proyectos en el marco del Mecanismo Financiero (2009-2014)

EL COMITÉ PERMANENTE DE LOS ESTADOS DE LA AELC,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE»,

Visto el Acuerdo entre la Unión Europea, Islandia, el Principado de Liechtenstein y el Reino de Noruega sobre un Mecanismo Financiero EEE 2009-2014,

Visto el Protocolo 38 ter sobre el Mecanismo Financiero del EEE, insertado en el Acuerdo EEE en virtud del Acuerdo antes mencionado entre la Unión Europea, Islandia, el Principado de Liechtenstein y el Reino de Noruega sobre un Mecanismo Financiero EEE 2009-2014,

Visto el Acuerdo entre el Reino de Noruega y la Unión Europea sobre un Mecanismo Financiero noruego para el período 2009-2014,

Vista la Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC n o 5/2010/SC, de 9 de diciembre de 2010, por la que se modifica la Decisión del Comité Permanente n o 4/2004/SC por la que se establece un Comité del Mecanismo Financiero

( 1

),

Vista la Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC n o 6/2010/SC, de 9 de diciembre de 2010, por la que se amplían las funciones de la Oficina para el Mecanismo Financiero del EEE y el Mecanismo Financiero noruego

( 2

),

Vista la Decisión del Comité «Órgano de Vigilancia de la AELC/ Tribunal» n o 5/2002, de 23 de octubre de 2002, sobre el mandato de la Junta de Auditores de la AELC («a tres»),

DECIDE:

Artículo 1

La Junta de Auditores deberá actuar como órgano superior para la auditoría de los programas y proyectos en el marco del

Mecanismo Financiero del EEE para 2009-2014 (en lo sucesivo, «el Mecanismo Financiero del EEE»). Ello incluye la auditoría de los programas y proyectos en los Estados beneficiarios, la gestión de los programas y proyectos por parte de los Estados beneficiarios y la aplicación del Mecanismo Financiero del EEE. La Junta de Auditores también puede auditar la Oficina del Mecanismo Financiero en relación con el Mecanismo Financiero del EEE.

Artículo 2

La Junta de Auditores estará formada por nacionales de los Estados de la AELC que son partes...

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