AnaEE-ERIC — Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas Estatutos 2022/C 88/01

SectionSerie C

24.2.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 88/1

PREÁMBULO 2
CAPÍTULO 1 CONTENIDOS FUNDAMENTALES 3

Artículo 1: Denominación 3

Artículo 2: Sede estatutaria 3

Artículo 3: Cometidos y actividades 3

Artículo 4: Duración y procedimiento de liquidación 4

Artículo 5: Régimen de responsabilidad 4

Artículo 6: Política de acceso de los usuarios 4

Artículo 7: Política de evaluación científica 5

Artículo 8: Política de difusión 5

Artículo 9: Política de derechos de propiedad intelectual 5

Artículo 10: Política de empleo 5

Artículo 11: Política de contratación pública 6

CAPÍTULO 2 AFILIACIÓN 6

Artículo 12: Afiliación y entidades representantes 6

Artículo 13: Admisión de afiliados u observadores 6

Artículo 14: Retirada de un afiliado u observador/Pérdida de la condición de afiliado u observador 7

CAPÍTULO 3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS Y LOS OBSERVADORES 8

Artículo 15: Afiliados 8

Artículo 16: Observadores 8

Artículo 17: Contribuciones 9

CAPÍTULO 4 GOBERNANZA 9

Artículo 18: Junta de Afiliados 9

Artículo 19: Director general 10

Artículo 20: Oficina central 11

Artículo 21: Centros de servicios del AnaEE-ERIC 12

Artículo 22: Nodos nacionales y plataformas nacionales 12

Artículo 23: Consejo de Administración 12

Artículo 24: Comité Consultivo Científico Independiente 13

Artículo 25: Comité Consultivo de Ética Independiente 13

Artículo 26: Comité de Partes Interesadas 14

Artículo 27: Órganos subsidiarios 14

CAPÍTULO 5 PRESENTACIÓN DE INFORMES A LA COMISIÓN EUROPEA 14

Artículo 28: Presentación de informes a la Comisión Europea 14

CAPÍTULO 6 FINANZAS 15

Artículo 29: Ejercicio financiero 15

Artículo 30: Recursos 15

Artículo 31: Principios aplicables a las contribuciones de los afiliados y los observadores 15

Artículo 32: Presupuesto, principios presupuestarios, cuentas y auditoría 15

Artículo 33: Impuestos 16

CAPÍTULO 7 VARIOS 16

Artículo 34: Derecho aplicable 16

Artículo 35: Lengua de trabajo 16

Artículo 36: Conflictos 16

Artículo 37: Modificación, actualización y disponibilidad de los estatutos 17

Artículo 38: Disposiciones de creación 17

Anexo I DEFINICIONES 18
Anexo II LISTA DE AFILIADOS, OBSERVADORES Y SUS ENTIDADES REPRESENTANTES 19
Anexo III PRESUPUESTO — CONTRIBUCIONES 20
  1. coordinará el acceso a las plataformas nacionales experimentales, analíticas y de modelización y organizará la colaboración con las instalaciones europeas;

  2. facilitará la ejecución de programas y proyectos europeos de investigación;

  3. desarrollará tecnologías, armonizará métodos, creará asociaciones industriales y facilitará la transferencia de conocimientos;

  4. contribuirá al intercambio de conocimientos y competencias en el seno del Espacio Europeo de Investigación (EEI) y a incrementar la utilización del potencial intelectual en toda Europa;

  5. desarrollará el acceso a los datos, su intercambio y su modelización;

  6. organizará formaciones;

  7. podrá en marcha una estrategia de comunicación;

  8. realizará cualquier otra actividad relacionada que sea necesaria para alcanzar sus objetivos.

  9. los Estados miembros de la Unión Europea,

  10. los países asociados,

  11. los terceros países no asociados,

  12. las organizaciones intergubernamentales.

  13. los solicitantes presentarán una solicitud por escrito al presidente de la Junta de Afiliados y al director general del AnaEE-ERIC;

  14. en la solicitud se describirá de qué manera contribuirá el solicitante a los objetivos y las actividades del AnaEE-ERIC descritos en el artículo 3 y cómo cumplirá las obligaciones a las que se refiere el artículo 15;

  15. la admisión de nuevos afiliados requerirá la aprobación de la Junta de Afiliados, según lo dispuesto en el artículo 18, apartado 10.

  16. contribuir a los recursos y los servicios del AnaEE-ERIC en los ámbitos de la experimentación ecosistémica;

  17. cumplir las normas de calidad científica y los procedimientos normalizados de trabajo establecidos por el AnaEE-ERIC;

  18. aportar contribuciones financieras anuales a los presupuestos anuales equilibrados del AnaEE-ERIC;

  19. respetar los presentes estatutos;

  20. comprometerse a ser afiliado del AnaEE-ERIC durante cinco años como mínimo.

  21. los observadores serán admitidos por un período de dos años renovable una vez como máximo;

  22. los solicitantes presentarán una solicitud por escrito al presidente de la Junta de Afiliados y al director general;

  23. en la solicitud se describirá de qué manera contribuirá el solicitante al AnaEE-ERIC;

  24. la admisión o readmisión de observadores estará sujeta a la aprobación de la Junta de Afiliados.

  25. el afiliado u observador incumple gravemente una o varias de las obligaciones que le incumben con arreglo a los presentes estatutos;

  26. el afiliado u observador no rectifica dicho incumplimiento en un plazo de seis meses tras haber recibido la notificación de incumplimiento por escrito remitida por la Junta de Afiliados.

  27. estar presentes y votar en la Junta de Afiliados;

  28. participar en el desarrollo de las estrategias y las políticas del AnaEE-ERIC;

  29. utilizar la marca del AnaEE-ERIC;

  30. participar en propuestas de proyectos cuando el AnaEE-ERIC actúe como consorcio presentador;

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