Anexo 4.- El Protocolo de Kyoto. Situación actual. Sus implicaciones

AuthorFernández García, Ricardo
ProfessionQuímico
Pages199-216

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En la actualidad existe un consenso científico generalizado en torno a la idea de que nuestro modo de producción y consumo está generando una alteración climática, un calentamiento global que, si no se toman medidas de inmediato, provocará serios impactos ambientales y socioeconómicos.

El clima es una consecuencia del equilibrio que se produce entre cinco elementos: la atmósfera (la fina capa gaseosa que envuelve la tierra) la hidrosfera (el agua tanto dulce como salada en estado líquido) la criosfera (el agua en estado sólido) y la biosfera (las formas de vida que pueblan la tierra). Aunque este ha variado a lo largo de su historia, la comunidad científica nos alerta sobre la influencia de las actividades humanas en el sistema climático, en especial la emisión de los llamados gases de efecto invernadero (sustancias presentes en la atmósfera, que absorben parte de la radiación solar) que originan un calentamiento de la atmósfera.

Este efecto invernadero se produce de forma natural en la atmósfera terrestre. Esta permite la entrada hacia la superficie terrestre de buena parte de la radiación solar incidente, que es de onda corta, y que calienta la superficie terrestre. La Tierra a su vez refleja esta energía en forma de radiación infrarroja, de onda larga. El vapor de agua, el dióxido de carbono y los otros gases de efecto invernadero, que existen de forma natural en la atmósfera, absorben gran parte de la radiación infrarroja que emite la Tierra, impidiendo que la energía pase directamente de la superficie terrestre al espacio. Con el aumento de las concentraciones en la atmósfera de los gases de efecto invernadero, se incrementa la capacidad de la atmósfera para absorber la radiación infrarroja terrestre y se altera por tanto el equilibrio entre energía incidente e irradiada.

El Protocolo de Kyoto constituye el único tratado internacional que trata de buscar soluciones reales a este problema social, ambiental y económico de primera magnitud. Regula el dióxido de carbono, el oxido nitroso, el metano, los hidrofluorocarburos, los perfluorocarburos, y el hexafluoruro de azufre. El resto de los gases de efecto invernadero son objeto de control por el Protocolo de Montreal (1990) sobre reducción de determinadas sustancias que afectan a la capa de ozono. Esta nueva concienciación de la importancia del entorno natural afecta a la competitividad de las empresas en el mercado

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mundial en un doble ámbito ya que las medidas de prevención y control de la contaminación:

· son caras y repercuten en el coste de los productos y los procesos.

· obligan al desarrollo de tecnologías y nuevos productos y procesos que constituyen oportunidades de mercado para las empresas capaces de desarrollarlas.

Ante la gravedad del problema, en 1988 se creó una agencia especializada de Naciones Unidas, la Comisión Intergubernamental sobre Cambio Climático, más conocida por sus siglas en inglés IPCC (Intergovernmental Panel on Climatic Change) cuya función fundamental es evaluar la información científica, técnica y socio-económica relevante para la comprensión del riesgo del cambio climático.

Desde su creación, el IPCC ha realizado tres Informes de Evaluación, el primero en 1990, el segundo en 1995 y el tercero en 2001. El Tercer Informe de Evaluación del IPCC es la valoración más importante sobre cambio climático que se ha realizado en los últimos años, y representa un consenso científico importante.

Veamos sus conclusiones sobre el cambio climático en el siglo XX:

· El cambio climático se confirma: la temperatura global media en la superficie terrestre se ha incrementado en 0,6 ºC. La década de los años 90 ha sido la más caliente del siglo.

· El calentamiento experimentado sobre los últimos 50 años se debe principalmente a las actividades humanas.

· Disminuye la extensión de la nieve y asciende el nivel del mar. Las mediciones de los niveles del mar indican que éste sufrió un incremento global de entre 0,1 y 0,2 metros a lo largo del último siglo.

· La concentración de anhídrido carbónico en la atmósfera ha aumentado el 31% desde mediados del siglo XVIII. Las concentraciones de gases invernadero han seguido aumentando como resultado de las actividades humanas. Se confirma la relación entre el calentamiento y la acción humana.

Entre las predicciones del IPCC sobre el cambio climático para el siglo XXI, podemos señalar que las temperaturas globales seguirán subiendo, el nivel del mar experimentará ascensos significativos y la frecuencia de los fenómenos climáticos extremos aumentará. Estos cambios repercutirán gravemente en el ecosistema y en nuestras economías. Entre las consecuencias se contarán cambios en la distribución geográfica de varias

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especies y/o la extinción de éstas; cambios en los regímenes de lluvias, que pesarán sobre los recursos hídricos en muchas regiones, lo que a su vez afectará tanto al abastecimiento de agua potable como a la irrigación; inundaciones y otras catástrofes naturales debidas a la meteorología se harán más frecuentes, con los consiguientes costes económicos y sufrimiento humano o que las estaciones cálidas serán más secas en la mayoría de las zonas continentales interiores de latitud media, donde serán más frecuentes las sequías y la degradación del suelo.

A 4.1.- Desarrollo de la lucha contra el cambio climático

La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto constituyen el único marco internacional para luchar contra el cambio climático.

A 4.1.1.- El Convenio Marco sobre Cambio Climático

El 21 de diciembre de 1990, la Resolución 45/212 de Naciones Unidas creaba un Comité Intergubernamental de Negociación con el mandato de elaborar un Convenio Marco sobre el Cambio Climático. Durante año y medio el Comité mantuvo cinco intensas sesiones de negociación y finalmente el Convenio Marco fue adoptado en Nueva York el 9 de mayo de 1992. Se abrió a la firma a partir del 4 de junio de aquel año coincidiendo con la celebración en Río de Janeiro de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo. Durante esta Conferencia, conocida como la «Cumbre de la Tierra», el Convenio recibe 155 firmas de Estados, constituyendo uno de los principales resultados políticos de la Cumbre. El Convenio entró en vigor el 21 de marzo de 1994, 3 meses después de la ratificación número 50. Actualmente 186 Estados han ratificado el Convenio.

Esta Convención Marco obliga a todos sus signatarios a establecer programas nacionales de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y a presentar informes periódicos, además de exigir a los países signatarios industrializados, aunque no a los países en vías de desarrollo, que estabilicen sus emisiones de gases de efecto invernadero en los niveles de 1990 para el año 2000. Sin embargo, este objetivo no es vinculante.

Al distinguir entre países industrializados y países en vías de desarrollo, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático reconoce que los países industrializados son responsables de la mayoría de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero y también que poseen las capacidades institucionales y financieras para reducirlos.

El objetivo último del Convenio es "lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel

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que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible" (art. 2). El convenio, por tanto, no especifica cuáles deberían ser esos niveles de concentración.

Las medidas que adopten las Partes (países) para lograr este objetivo deben inspirarse en una serie de principios (art.3):

· La protección del sistema climático en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

· Las responsabilidades comunes pero diferenciadas de las Partes. Como consecuencia, los países desarrollados deberán tomar la iniciativa.

· El principio de precaución, principio por el que la falta de total certidumbre científica no debería utilizarse para posponer las medidas de mitigación del cambio climático cuando haya amenaza de daño grave.

· El derecho al desarrollo sostenible de las Partes (recordemos que parte = país).

· La cooperación para la promoción de un sistema económico internacional abierto y propicio al crecimiento económico y desarrollo sostenible de todas las Partes.

El artículo 4 del Convenio enumera en su párrafo primero los compromisos que deben asumir todas las Partes. Son obligaciones mínimas, precisamente porque son las únicas que se aplican tanto a los países desarrollados como a las Partes que son países en desarrollo. Los más significativos, en cuanto implican acciones concretas son las siguientes:

· la elaboración y publicación periódica de inventarios nacionales de emisiones antropogénicas de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal (art. 4.1.a.).

· la elaboración y aplicación de...

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