Anuncio dirigido a los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión (PESC) 2013/798 del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo relativos a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Centroafricana

SectionSerie C
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

29.4.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 140/3

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:

La base jurídica para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2013/798/PESC del Consejo (2), que se aplica por la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/584 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo (4), que se aplica por el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/582 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el Consejo de la Unión Europea, representado por el director general de la Dirección General RELEX (Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil) de la Secretaría General del Consejo, y el servicio que se ocupa de la operación de tratamiento de datos es RELEX.1.C, cuyos datos de contacto son los siguientes:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General RELEX.1.C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2013/798/PESC, que se aplica por la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/584, y al Reglamento (UE) n.o 224/2014, que se aplica por el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/582.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2013/798/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 224/2014.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, los motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las limitaciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) se ejercerán con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a las medidas restrictivas o haya expirado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya...

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