Anuncio dirigido a las personas sometidas a las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2011/72/PESC del Consejo, modificada en virtud de la Decisión (PESC) 2015/157, y en el Reglamento (UE) no 101/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/147 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez

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Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

4.2.2015    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 38/2

Se comunica la siguiente información a las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2011/72/PESC del Consejo (1), modificada en virtud de la Decisión (PESC) 2015/157 (2), y en el anexo I del Reglamento (UE) no 101/2011 del Consejo (3), que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/147 del Consejo (4) relativo a la adopción de medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

El Consejo de la Unión Europea ha decidido que las personas que figuran en los citados anexos deben seguir estando incluidas en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2011/72/PESC y el Reglamento (UE) no 101/2011 relativos a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

Las personas interesadas podrán presentar al Consejo una solicitud, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en la lista mencionada. Dicha solicitud deberá presentarse antes del 1 de junio de 2015 y remitirse a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General DG C 1C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Se tendrán en cuenta...

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