Anuncio a la atención de las personas a las que se aplican las medidas previstas en la Decisión 2011/235/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución 2011/667/PESC del Consejo, y en el Reglamento (UE) no 359/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) no 1000/2011 del Consejo relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 299/3

IV

(Información)

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

CONSEJO

Anuncio a la atención de las personas a las que se aplican las medidas previstas en la Decisión 2011/235/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución 2011/667/PESC del Consejo, y en el Reglamento (UE) n o 359/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento

de Ejecución (UE) n o 1000/2011 del Consejo relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán

(2011/C 299/04)

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA

Se comunica la siguiente información a las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2011/235/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución 2011/667/PESC ( 1 ) del Consejo, y en el anexo I del Reglamento (UE) n o 359/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) n o 1000/2011 ( 2 ) del Consejo relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán.

El Consejo de la Unión Europea ha decidido que las personas que figuran en los citados anexos sean incluidas en la lista de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2011/235/PESC y en el Reglamento (UE) n o 359/2011.

Se advierte a las personas afectadas de la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en las páginas web que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n o 359/2011 del Consejo, una solicitud para obtener la autorización de utilizar los capitales inmovilizados...

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