Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

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Issuing OrganizationComisión Europea

ES Diario Oficial de la Unión Europea 22.2.2011

Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2011/C 56/10)

La presente publicación otorga un derecho de oposición, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo ( 1

). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN

REGLAMENTO (CE) N o 510/2006 DEL CONSEJO

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9

RISO DI BARAGGIA BIELLESE E VERCELLESE

N o CE: IT-PDO-0105-0337-06.03.2008

IGP ( ) DOP ( X )

  1. Apartado del pliego de condiciones afectado por la modificación:

    -  Denominación del producto

    - Descripción

    -  Zona geográfica

    -  Prueba del origen

    -  Método de obtención

    -  Vínculo

    -  Etiquetado

    -  Requisitos nacionales

    -  Otros (especifíquense)

  2. Tipo de modificación:

    - Modificación del documento único o de la ficha resumen.

    -  Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada de la que no se haya publicado ni el documento único ni el resumen.

    -  Modificación del pliego de condiciones que no requiere la modificación del documento único publicado [artículo 9, apartado 3, del Reglamento (CE) n o 510/2006].

    -  Modificación temporal del pliego de condiciones que obedezca a medidas sanitarias o fitosanitarias obligatorias impuestas por las autoridades públicas [artículo 9, apartado 4, del Reglamento (CE) n o 510/2006].

  3. Modificaciones:

    3.1. Descripción del producto:

    - en el artículo 2 del pliego de condiciones relativo a la «descripción del producto» de la DOP «Riso di Baraggia Biellese e Vercellese» se reconsideraron los parámetros relativos a la viscosidad para cada una de las siete variedades de arroz. Los parámetros propuestos son el resultado de un cuidadoso

    ( 1 ) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 56/19

    análisis realizado utilizando una metodología interna definida y puesta a punto por el Ente Nazionale Risi. La metodología prevé el empleo de una nueva herramienta de análisis que proporciona resultados más exactos que los utilizados en el pasado ya que, además de estar sujeta a una calibración periódica con muestras de referencia certificadas por el SIT (Servizio di Taratura Italiano) para los parámetros de fuerza, distancia, velocidad, que participan en el test de la viscosidad, prevé la completa automatización de ciertas fases del proceso analítico, minimizando de este modo las fuentes de variabilidad y mejorando la reproducibilidad del propio método de análisis.

    Precisamente como consecuencia de esta automatización los resultados de la viscosidad son diferentes, en términos de valor numérico, en comparación con los valores anteriores detectados con la aplicación de los instrumentos anteriores y la técnica analítica, que actualmente se consideran obsoletos.

    Además, dado que la viscosidad es un parámetro que varía en función de las condiciones de madurez y de envejecimiento del arroz, se decidió especificar en el pliego de condiciones el momento en el cual someter el arroz a los análisis, a saber, en otoño al cierre de la campaña de recolección, período en el que los valores de viscosidad son máximos.

    Asimismo, se comunica la corrección de un...

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