Asunto C-547/03 P: Recurso de casación interpuesto el 22 de diciembre de 2003 por Asian Institute of Technology (AIT) contra el auto dictado el 15 de octubre de 2003 por el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Quinta), en el asunto T-288/02 promovido contra la Comisión de las Comunidades Europeas

SectionAuto
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

21.2.2004 ES C 47/23Diario Oficial de la Unión Europea 2. ¿Se opone el artículo 3 quater de la Directiva 90/388/CEE de la Comisión, de 28 de junio de 1990 (1), introducido por la Directiva 96/2/CE de la Comisión, de 16 de enero de 1996 (2), por la que se modifica la Directiva 90/388/ CEE en relación con las comunicaciones móviles y personales, en la medida en que este artículo se refiere a la supresión de 'todas las restricciones', a que una normativa de una autoridad nacional o de una corporación local establezca un impuesto sobre las infraestructuras de comunicaciones móviles y personales utilizadas en el marco de la explotación de las actividades previstas por las licencias y autorizaciones? (1) Directiva 90/388/CEE de la Comisión, de 28 de junio de 1990, relativa a la competencia en los mercados de servicios de telecomunicaciones (DO L 192 de 24.7.1990, p. 10).

(2) Directiva 96/2/CE de la Comisión, de 16 de enero de 1996, por la que se modifica la Directiva 90/388/CEE en relación con las comunicaciones móviles y personales (DO L 20 de 26.1.1996, p. 59).

Recurso de casación interpuesto el 22 de diciembre de 2003 por Asian Institute of Technology (AIT) contra el auto dictado el 15 de octubre de 2003 por el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Quinta), en el asunto T-288/02 promovido contra la Comisión de las Comunidades Europeas (Asunto C-547/03 P) (2004/C 47/38) En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 22 de diciembre de 2003 un recurso de casación formulado por Asian Institute of Technology (AIT), representado por Me H. Teissier du Cros, abogado, que designa domicilio en Luxemburgo, contra el auto dictado el 15 de octubre de 2003 por el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Quinta) en el asunto T-288/02, promovido contra la Comisión de las Comunidades Europeas.

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

1) Anule el auto impugnado del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, de fecha 15 de octubre de 2003.

2) Devuelva el asunto al Tribunal de Primera Instancia, para que lo juzgue de nuevo.

3) En otro caso, abra la fase oral.

4) Tras ello, anule la decisión de la Comisión Europea de 22 o de 27 de febrero de 2002 de celebrar un contrato de investigación con el Sr. Th. Lefevre, que dice ser Director del 'Center for Energy -- Environment Research & Development'.

Motivos y principales alegaciones

  1. Irregularidad del...

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