Asunto C-279/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 26 de junio de 2020 — Bundesrepublik Deutschland / XC

SectionSerie C

9.11.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 378/16

1) ¿Debe interpretarse el artículo 4, apartado 1, letra c), de la Directiva 2003/86/CE, (1) en el sentido de que un hijo del reagrupante a quien le ha sido reconocida la condición de refugiado sigue considerándose menor de edad a los efectos de dicha disposición si lo era en el momento de la presentación de la solicitud de asilo por parte del reagrupante, pese a haber alcanzado la mayoría de edad antes de dicho reconocimiento como refugiado y antes de presentarse la solicitud de reagrupación familiar

2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: ¿Qué requisitos se han de imponer a la vida familiar efectiva en el sentido del artículo 16, apartado 1, letra b), de la Directiva 2003/86/CE en un caso así a) ¿Basta una relación jurídica de filiación o es necesaria también una vida familiar efectiva

  1. En caso de que también sea necesaria una vida familiar efectiva: ¿Qué grado de intensidad ha de tener esta ¿Son suficientes visitas ocasionales o periódicas, es precisa la...

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