Capítulo I. Introducción. Interpretación general de la sentencia del Tribunal de Justicia y el contexto general de las relaciones entre el derecho de la Unión Europea y la ordenación privada de las federaciones deportivas

AuthorAlberto Palomar Olmeda
Pages17-22
CAPÍTULO I.
INTRODUCCIÓN. INTERPRETACIÓN GENERAL DE
LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y EL
CONTEXTO GENERAL DE LAS RELACIONES ENTRE EL
DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LA ORDENACIÓN
PRIVADA DE LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS
INTRODUCCIÓN. INTERPRETACIÓN GENERAL DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA...
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El f‌i nal del mes de diciembre de 2023 ha abierto una nueva oportunidad de análisis y
estudio del deporte y de su ordenación jurídica. Se trata de un tema eterno que deriva de
la importancia y la relevancia en la organización y práctica del deporte como consecuen-
cia, de un lado, de la relevancia social y, por ende económica, de la actividad deportiva y,
posteriormente, por la estructura y alcance que han adquirido las entidades organizadoras
convertidas en eso que llamamos el movimiento deportivo como una potente estructura
de dirección, organización y explotación de actividades deportivas que afecta a los países,
a los continentes y, f‌i nalmente, a la actividad mundial.
Durante mucho tiempo la convivencia ha sido pacíf‌i ca e, incluso, podría decirse que
respetuosa, y que el movimiento deportivo ha contado con la demanda de los países,
el reconocimiento de los Estados, el cumplimiento de todo tipo de exigencias para la
celebración de las competiciones y, por tanto, el crecimiento y el prestigio social de la
organización deportiva no ha parado de crecer.
Es cierto que uno de los problemas que se han ido apreciando con el tiempo es que las
entidades deportivas pasaban nítidamente a tener un rol bifásico. De un lado, regulaban
las competiciones y ordenaban la práctica de la modalidad deportiva, especialmente, en las
competiciones entre federaciones nacionales y, de otro, algunas federaciones establecían
sus propias competiciones de clubes. Desde un punto de vista técnico estaban asumiendo
el rol de regulador y de organizador de forma simultánea. Esta concepción ha ido unida a
la reserva de los derechos de explotación, a la f‌i jación de rentabilidades por las participa-
ciones y demás elementos que son, en efecto, inherentes a quien explota una competición
propia. Estas competiciones, especialmente si nos referimos al fútbol, convierte a la fede-
ración continental europea (UEFA) en un administrador de la competición más poderosa y
relevante del mundo del fútbol. No contentos con esta posición real de dominio, se aprecia
en las federaciones internacionales un deseo de establecer reglas de organización que se
apliquen en el conjunto del mundo cuando se trate de la práctica deportiva.

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