Capítulo VII. Enmarque teórico de las vías de recurso ante el TJUE y de sus efectos sobre las relaciones jurídicas previas

AuthorCarmen Perez González
Pages167-184
CAPÍTULO VII.
ENMARQUE TEÓRICO DE LAS VÍAS DE RECURSO ANTE
EL TJUE Y DE SUS EFECTOS SOBRE LAS RELACIONES
JURÍDICAS PREVIAS
ENMARQUE TEÓRICO DE LAS VÍAS DE RECURSO ANTE EL TJUE Y DE SUS EFECTOS...
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Sumario: 1. Cuestiones introductorias. 2. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
una jurisdicción internacional singular integrada por dos instancias judiciales. 3. La
cuestión prejudicial. 3.1. Las funciones de la cuestión prejudicial. 3.2. La cuestión
prejudicial como mecanismo de cooperación judicial mutua. 3.3. Sobre algunas reglas
procesales aplicables al planteamiento de la cuestión prejudicial. 3.4. Sobre la facultad/
obligación de plantear la cuestión prejudicial. 3.5. Los efectos de la sentencia prejudi-
cial. 4. El recurso de anulación. 4.1. Actos susceptibles de ser recurridos en anulación.
4.2. La legitimación activa y pasiva. 4.3. Los motivos que pueden alegarse en el marco
de un recurso de anulación y los efectos de la sentencia. 5. El recurso de casación. 6.
Conclusiones.
1. CUESTIONES INTRODUCTORIAS
El objetivo de este capítulo es el examen de las vías procedimentales que han condu-
cido a las sentencias del TJUE dictadas el 21 de diciembre de 2023 en los asuntos Interna-
tional Skating Union (ISU) c. Comisión109, European Superleague Company (Superliga)110
y Royal Antwerp Football Club111. Como ya ha ocurrido otras veces en el pasado112, se
trata de pronunciamientos susceptibles de poner en cuestión algunos de los elementos que
hasta ahora han def‌i nido la relación entre el Derecho de la UE y la actividad deportiva.
Mientras que otros capítulos de este libro abordan esas consecuencias, el propósito de
este es, de un lado, examinar las vías de recurso ante el TJUE que están en el origen de
las tres sentencias, y, de otro, ref‌l exionar sobre de qué modo es previsible que el devenir
procedimental de estos asuntos afecte las relaciones jurídicas entre las partes. Se trata de
109 Asunto C-124/21 P, ECLI:EU:C:2023:1012.
110 Asunto C-333/21, ECLI:EU:C:2023:1011.
112 Sobre el impacto de la jurisprudencia del TJUE en el deporte Vid., por todos: Barani, L. (2005). The role
of the European Court of Justice as a political actor in the integration process: The case of sport regulation
after the Bosman ruling. Journal of Contemporary European Research, 1(1), 42-58, Blackshaw, I. (2011). How
Special is Sport under EU Law in the Light of the Court of Justice of the European Union’s Recent Decision in
the Olivier Bernard Case. Bus. L. Int’l, 12, 235; Martín, J. M. C. (2007). Deporte Profesional y Derecho europeo
de la competencia en la Jurisprudencia del TJCE. Revista de Derecho Comunitario Europeo, 11(28), 857-882,
y Parrish, R. (2018). Sport and the European Court of Justice. In Sports law and policy in the European Union
(pp. 80-108). Manchester University Press.
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una ref‌l exión necesaria para aprehender tanto el verdadero alcance de las decisiones como
de sus consecuencias en el futuro inmediato de los casos en los que se enmarcan.
El análisis debe comenzar con un sucinto recordatorio, a modo de introducción, de
la naturaleza del TJUE como instancia jurisdiccional. A continuación, nos referiremos a
las tres vías de recurso que se han seguido en estos asuntos. En primer lugar, a la cuestión
prejudicial. Las planteadas por un órgano jurisdiccional interno belga y otro español es-
tán en el origen de las sentencias dictadas en los asuntos Royal Antwerp FC y Superliga,
respectivamente. Seguidamente, me centraré en los recursos de anulación y casación, los
utilizados por las partes en el asunto ISU c. Comisión.
El capítulo terminará con algunas conclusiones.
2. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA: UNA JURIS-
DICCIÓN INTERNACIONAL SINGULAR INTEGRADA POR DOS INS-
TANCIAS JUDICIALES
De acuerdo con el principio de atribución de competencias, previsto en el artículo 5
del TUE, las competencias del TJUE serán aquellas que, como ocurre con el resto de las
Instituciones de la UE, vengan determinadas por los Tratados. En la actualidad y desde la
disolución del Tribunal de la Función Pública el 1 de septiembre de 2016, el TJUE está
integrado por dos instancias: el Tribunal de Justicia (instancia superior) y el Tribunal
General (instancia inferior). Ambos han participado en la resolución de los casos a los
que se ref‌i ere este libro. Las cuestiones prejudiciales han sido resueltas por el Tribunal de
Justicia113, al igual que el recurso de casación interpuesto por la Federación Internacional
de Patinaje contra la STGUE de 16 de diciembre de 2020114. Este último, a su vez, resolvió
el recurso de anulación interpuesto por ISU contra la Decisión de la Comisión de 8 de
diciembre de 2017115.
Al TJUE, previsto en el párrafo tercero del artículo 19 del TUE, le han sido atribuidas
competencias que incluyen la posibilidad de que se pronuncie sobre recursos interpuestos
por Estados miembros, Instituciones de la UE y personas físicas o jurídicas. De acuerdo
con el párrafo primero de este mismo artículo, el TJUE “garantizará el respeto del Derecho
113 Debe tenerse en cuenta que, en noviembre de 2022, el TJUE presentó, al amparo del artículo 281, párrafo
segundo, del TFUE una petición de modif‌i cación del Protocolo núm. 3 sobre el Estatuto del TJUE. Una de las
propuestas incluidas en la petición se ref‌i ere a la transferencia al Tribunal General de la competencia para conocer
de las cuestiones prejudiciales planteadas en virtud del artículo 267 TFUE en materias específ‌i cas determinadas
por el Estatuto. La petición está disponible en el siguiente enlace: https://curia.europa.eu/jcms/jcms/j_6/es/ (todos
los documentos electrónicos citados a lo largo de este capítulo fueron consultadas el 5 de enero de 2023). Sobre el
alcance de esta reforma puede verse: Martín y Pérez de Nanclares, J. (2022). Taking stock of the Court of Justice
of the European Union architecture: Assessment and prospects of the general Court reform. Revista General de
Derecho Europeo, 56; y Petrić, D. (2023). The Preliminary Ruling Procedure 2.0. European Papers-A Journal
on Law and Integration, 2023(1), 25-42.
114 Asunto T-93/18, International Skating Union c. Comisión, ECLI:EU:T:2020:610.
115 Decisión C(2017) 8230 f‌i nal de la Comisión, asunto AT.40208 - normas de elegibilidad de la Unión
Internacional de Patinaje, DOUE Serie C, núm. 148, de 27 de abril de 2018.

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