2000/C 225 E/084P-2278/99 de Carlos Westendorp y Cabeza a la Comisión Asunto: Ayudas a la construcción naval

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

En la Sentencia de 21 de septiembre de 1999, asunto C-124/97, el Tribunal de Justicia consideró compatibles con el principio de la libre prestación de servicios, establecido por el artículo 49 (antiguo artículo 59) del Tratado CE, dichos principios de organización de las actividades de juegos de azar. Estos, no obstante, tienen también la consecuencia de limitar el acceso de algunos agentes económicos a este ámbito de actividad, por las consideraciones de interés general citadas, las cuales constituyen su fundamento y permiten reconocer a los Estados miembros, una facultad de apreciación sobre las medidas restrictivas necesarias de conformidad con la protección que se proponen garantizar en su territorio.

La Comisión considera que, en los distintos Estados miembros, subyacen razones de interés general comparables en los regímenes nacionales de organización y control que siguen los mismos principios.

Asimismo, constata que los fundamentos de dichos regímenes nacionales son compatibles con el principio comunitario de la libre prestación de servicios. Dadas las circunstancias y en ausencia de diferencias sustanciales entre las normativas de los distintos Estados miembros, la Comisión no prevé presentar proyectos de legislación secundaria relativa a juegos de azar.

(2000/C 225 E/084) PREGUNTA ESCRITA P-2278/99 de Carlos Westendorp y Cabeza (PSE) a la Comisión (24 de noviembre de 1999) Asunto: Ayudas a la construcción naval El sector de la construcción naval europeo se enfrenta a graves dificultades. Para la Unión Europea debe ser una prioridad garantizar el futuro de una industria de construcción naval competitiva que contribuya al desarrollo económico y social manteniendo un nivel de empleo en una serie de regiones, muchas de las cuales registran altos índices de desempleo.

En el informe de la Comisión al Consejo sobre la 'Situación de la Construcción Naval en el Mundo', la Comisión Europea reconoce que el régimen de ayudas públicas de Corea del Sur en el sector naval está desestabilizando el mercado mundial del sector. A fin de poder planificar las medidas que equilibren esta situación, ¿ha cuantificado la Comisión el montante de estas ayudas? El Reglamento (CE) del Consejo no 1540/98 (1 ) de 29 de junio de 1998 establece nuevas normas de ayuda de Estado al sector naval hasta diciembre del año 2000. ¿Piensa prorrogar la Comisión estas ayudas a la producción en Europa como medida cautelar en tanto que se profundiza en la investigación de las...

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