Reglamento (UE) nº 605/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1185/2003 sobre el cercenamiento de las aletas de los tiburones en los buques
Enforcement date: | July 06, 2013 |
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea |
29.6.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 181/1
ES
I
(Actos legislativos)
REGLAMENTOS
REGLAMENTO (UE) N o 605/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 12 de junio de 2013
por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1185/2003 sobre el cercenamiento de las aletas de los tiburones en los buques
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo
( 1
),
De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario
( 2
),
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n o 1185/2003 del Consejo
( 3
) establece la prohibición general de la práctica consistente en cercenar las aletas de los tiburones y arrojar al mar el resto del tiburón.
(2) Los peces del taxón Elasmobranchii, incluidos los tiburones, las noriegas y las rayas, son muy vulnerables en general a la sobreexplotación debido a las características de su ciclo de vida de crecimiento lento, madurez tardía y escaso número de alevines, aunque la productividad biológica no es la misma para todas las especies. Generalmente, en los últimos años varias poblaciones de tiburón han sido objeto de pesca intensiva, entre otros, por parte de buques con pabellón de un Estado miembro y
que faenan en aguas de la Unión y de fuera de la Unión, y han quedado gravemente amenazadas a causa de un aumento muy pronunciado de la demanda de productos de tiburón, especialmente sus aletas.
(3) Las aletas de tiburón no constituyen un ingrediente tradicional de la dieta europea, pero los tiburones sí constituyen un elemento necesario del ecosistema marino de la Unión. Por consiguiente, se debe dar prioridad a la gestión y conservación de la población de tiburones, así como, en términos más generales, al fomento de un sector pesquero gestionado de manera sostenible en beneficio del medio ambiente y de las personas que trabajan en este sector.
(4) Los conocimientos científicos actuales, basados en el examen de los niveles de capturas de tiburones indican, en general, que muchas poblaciones de tiburones se encuentran gravemente amenazadas, aunque la situación no es la misma para todas las especies, ni siquiera para la misma especie en diferentes zonas marítimas. Según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, se encuentra amenazado más del 25 % de las especies pelágicas de tiburón, de las...
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