Algunas claves en la contratación con consumidores en la UE, en la era digital: derechos y mecanismos de tutela

AuthorCarmen Muñoz García
PositionProfesora Titular de Derecho civil Universidad Complutense. Miembro del Instituto de Derecho Europeo e Integración Regional de la UCM (IDEIR)
Pages45-91
Revista Española de Derecho Europeo
85 | Enero – Marzo 2023
pp. 45–91
Madrid, 2023
DOI:10.37417/REDE/num85_2023_1239
© Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales
© Carmen Muñoz García
ISSN: 1579–6302
Recibido: 20/03/2023 | Aceptado: 10/04/2023
ALGUNAS CLAVES EN LA CONTRATACIÓN
CON CONSUMIDORES EN LA UE, EN LA ERA DIGITAL:
DERECHOS Y MECANISMOS DE TUTELA
SOME KEYS IN CONTRACTING WITH CONSUMERS IN THE EU, IN
THE DIGITAL ERA: RIGHTS AND PROTECTION MECHANISMS
Carmen Muñoz García*
RESUMEN: La Unión Europea tiene cerca de quinientos millones de consumidores
potenciales. Y aunque los Estados miembros han ido implementando medidas
dirigidas a defender los intereses de los consumidores desde mediados de los años
setenta, la UE no ha dejado de promover y armonizar medidas para garantizar a
los ciudadanos europeos un elevado nivel de protección en el mercado único eu-
ropeo. Aspectos claves en los contratos con consumidores como lo son el derecho
a una información clara y comprensible sobre el producto o servicio antes de la
celebración del contrato, el derecho de desistimiento, la conformidad, las garan-
tías o la protección frente a las cláusulas abusivas son objeto de este trabajo. Las
recientes Directivas y Reglamentos sobre los mercados en línea o los contratos de
suministro de contenidos y servicios digitales, no han hecho sino poner en valor la
relevancia de conocer estos derechos y analizar muchos de los avances dados des-
* Profesora Titular de Derecho civil Universidad Complutense. Miembro del Ins-
tituto de Derecho Europeo e Integración Regional de la UCM (IDEIR). Codirectora
del Grupo de Investigación UCM “Derecho de Daños. Derecho de la contratación”.
carmenmunoz@der.ucm.es. https://orcid.org/0000–0002–4471–3788
Este trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto Nacional I+D «Hacia una
Justicia civil eciente: desafíos actuales y próximos desde la perspectiva europea»
(PID2019–103909GB-I00), y del Grupo de Investigación UCM 971680 «Derecho de
Daños. Derecho de la contratación”, validado por la Agencia Estatal de Investigación
(AEI) del MINECO.
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de Europa. En este punto, el objetivo de la Unión es proporcionar a los consumi-
dores igual tutela a los contratos on–line que a los celebrados off–line. Y aunque
quedan al margen de este estudio tanto el Reglamento 2022/1925 (DMA) como el
Reglamento 2022/2065 (DSA), sobre mercados y servicios digitales, respectiva-
mente, especialmente plataformas en línea, muchos de los derechos incluidos en
este estudio serán punto de referencia en los nuevos entornos digitales.
PALABRAS CLAVE: protección del consumidor; mercado digital; información pre-
contractual; desistimiento; conformidad; garantías; cláusulas abusivas; normas
disuasorias; sanciones.
ABSTRACT: The European Union has closet to ve hundred billion potential con-
sumers. And although Member States have been implementing measures aimed
at defending the interests of consumers since the mid–1970s, the UE has not
stopped promoting and harmonizing measures to guarantee European citizens a
high level of protection in the single European market. Key aspects in contracts
with consumers such as the right to clear and understandable information about
the product or service before entering into the contract, conformity, the right to
withdraw, guarantees or protection against unfair terms are the subject of this
paper. The recent Directives and Regulations on online markets or contracts for
the supply of digital content and services have only highlighted the relevance of
knowing these rights and analyzing many of the advances made from Europe. At
this point, the objective of the Union is to provide consumers with the same pro-
tection of online contracts as those concluded ofine. And although both Regu-
lation 2022/1925 (DMA) and Regulation 2022/2065 (DSA) on digital markets and
services, respectively, especially online platforms, are left out of this study, many
of the rights included in this study will be point of reference in the new digital
environments.
KEYWORDS: consumer protection; digital market; pre–contractual information;
withdrawal; conformity; guarantees; unfair terms; dissuasive rules; sanctions.
SUMARIO: 1. CUESTIONES GENERALES: 1.1. Los primeros pasos en la protección
del consumidor: el Derecho de consumo. 1.2. Concepto jurídico del consumidor.
1.2.1. El consumidor vulnerable. 1.2.2. El consumidor digital.—2. DERECHOS
DE LOS CONSUMIDORES. IMPULSO, FORTALECIMIENTO Y NOVEDADES:
2.1. Derecho a la información. 2.2. Derecho de desistimiento. 2.3. Principio de
conformidad y remedios frente al incumplimiento en la compraventa de bienes, y
en el suministro de contenidos y servicios digitales. 2.3.1. La Directiva 2019/771,
sobre compraventa de bienes. Reforzar el principio de conformidad. 2.3.2. La
Directiva 2019/770, sobre contratos de suministro de contenidos y servicios digi-
tales. Resolución cualicada.—3. MECANISMOS DE TUTELA FRENTE A LAS
CLÁUSULAS ABUSIVAS EN LA DIRECTIVA 93/13: 3.1. Las condiciones genera-
les de la contratación, propias de los contratos de adhesión. 3.2. Régimen general
de protección del consumidor frente a las cláusulas abusivas. Buena fe, justo equi-
librio, y además, transparencia. 3.3. El régimen especial del art. 4.2 de la Direc-
tiva. La falta de transparencia sobre elementos esenciales. 3.4. Cláusula abusiva.
Consecuencia y efectos. 3.5. Otras alternativas admitidas en el DUE para evitar la
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inecacia del contrato. 3.5.1. Transacción y renuncia. Un remedio creciente. 3.5.2.
¿La integración?.—4. MECANISMOS DE TUTELA DISUASORIA EN LA DIREC-
TIVA 2161/2019. MEJORAR Y ADAPTAR LA NORMATIVA DE CONSUMO AL
DESARROLLO: 4.1. A grandes rasgos, leyes que impulsan normas sancionadoras
para reforzar el efecto disuasorio. 4.2. Los grandes ejes de la Directiva 2161/2019.
Sanciones y el derecho de información.—5. ¿Y LOS MECANISMOS DE TUTELA
RESARCITORIA?.—CONCLUSIONES.—BIBLIOGRAFÍA
1. CUESTIONES GENERALES
Es nuestro propósito presentar todas las cuestiones principales que sirvan
para el conocimiento, el análisis y el debate sobre lo que signica para el
Derecho civil la protección de los consumidores en cualquier tipo de negocio
jurídico o contratación en el que participe. La progresiva tutela de estos es
el objetivo común de cualquier legislación en la materia, si bien, no faltarán
difíciles quiebros legales y jurisprudenciales para alcanzar el justo equilibrio
entre derechos y obligaciones de las partes contratantes e incentivar el libre
mercado, a sabiendas de que el consumidor es la parte más débil en el con-
trato. Y si los tutelados por la norma son los consumidores, los beneciados
lo es la sociedad en su conjunto, porque la conanza de los anteriores en los
mercados benecia a estos y la dinámica de la economía interna de la UE
Se trata de poner en valor todo lo que signica la protección del consumi-
dor en su día a día, y en cualquiera de las actividades en las que se posiciona
frente a empresarios o profesionales, en una más que probable posición de
debilidad, principalmente por la falta de información y por la generalización
de las cláusulas predispuestas. Nos adentraremos también en conceptos muy
recientes como el de consumidor vulnerable y lo que supone la digitaliza-
ción para los consumidores, y cómo no, en principios, reglas e instituciones
fundamentales del Derecho contractual europeo de consumo (básicas), que
surgen en contextos presenciales o en los denominados inicialmente “con-
tratos a distancia”, y que se formalizan por medios electrónicos. Estos últi-
mos, completamente disruptores por revolucionar el comercio tradicional,
incluirán desde los celebrados a través de internet (e–commerce, o comercio
electrónico, como sistema de compra y venta de productos o servicios que se
realiza exclusivamente a través de Internet. Contemplando transacciones me-
diante una plataforma online que gestiona los cobros y los pagos de manera
completamente electrónica), por teléfono, e incluso, los contratos de conte-
nido o servicios digitales. Para los primeros hará falta el envío material —o
físico— del producto, o la prestación efectiva del servicio, para los segundos,
la ejecución se podrá llevar a efecto de manera directa, y probablemente in-
mediata, como es disfrutar de una serie en streaming, un juego, o programas
informáticos. Estos contratos a distancia, aunque fueron incorporados en el

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