Commission Decision (EU) 2016/290 of 16 December 2015 concerning aid measures implemented by Verband der deutschen Milchwirtschaft e.V. in connection with the German Milk and Fat Law SA.35484 (2013/C) (ex SA.35484 (2012/NN)) (notified under document C(2015) 9052)

Published date04 March 2016
Subject Matterayudas concedidas por los Estados
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 59, 4 de marzo de 2016
L_2016059ES.01019401.xml
4.3.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 59/194

DECISIÓN (UE) 2016/290 DE LA COMISIÓN

de 16 de diciembre de 2015

relativa a las medidas de ayuda aplicadas por Verband der deutschen Milchwirtschaft e.V. en conexión con la Ley sobre la leche y las materias grasas SA.35484 (2013/C) [ex SA.35484 (2012/NN)]

[notificada con el número C(2015) 9052]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y, en particular, su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con la citada disposición (1),

Considerando lo siguiente:

1. PROCEDIMIENTO

(1) Mediante cartas de 28 de noviembre de 2011 y de 27 de febrero de 2012, la Comisión Europea (en lo sucesivo, «la Comisión») pidió a Alemania información adicional en relación con el informe anual de 2010 sobre ayudas estatales en el sector agrario, que Alemania había presentado con arreglo al artículo 21, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 659/1999 del Consejo (2). Alemania respondió a las preguntas de la Comisión mediante cartas de 16 de enero de 2012 y 27 de abril de 2012. A la luz de la respuesta de Alemania, queda comprobado que este Estado había concedido al sector de la leche alemán ayuda financiera con arreglo a la Gesetz über den Verkehr mit Milch, Milcherzeugnissen und Fetten (Ley sobre el comercio de leche, productos lácteos y materias grasas; en lo sucesivo, «Ley sobre la leche y los productos lácteos» o «MFG») de 1952.
(2) Por carta de 2 de octubre de 2012, la Comisión informó a Alemania de que las medidas correspondientes se habían registrado como ayudas no notificadas con el número SA.35484 (2012/NN). Mediante cartas de 16 de noviembre de 2012, 7, 8, 11, 13, 14, 15 y 19 de febrero, 21 de marzo, 8 de abril, 28 de mayo, 10 y 25 de junio y 2 de julio de 2013, Alemania transmitió información adicional.
(3) Mediante carta de 17 de julio de 2013 [C(2013) 4457 final], la Comisión notificó a Alemania su Decisión, en relación con determinadas submedidas aplicadas de acuerdo con la MFG, de incoar el procedimiento contemplado en el artículo 108, apartado 2, del TFUE (en lo sucesivo, la «Decisión de incoar el procedimiento»). Con la misma carta, la Comisión declaraba que otras submedidas eran compatibles con el mercado interior para el período del 28 de noviembre de 2001 al 31 de diciembre de 2006 o para el período a partir del 1 de enero de 2007 o para ambos períodos, o no constituían ayudas estatales a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE, o que no estaban incluidas en el ámbito de aplicación de las disposiciones sobre ayudas estatales (en lo sucesivo, «la Decisión positiva»).
(4) Con respecto a todas las demás submedidas, entre ellas las medidas aplicadas desde el 28 de noviembre de 2001 por Verband der deutschen Milchwirtschaft e.V. (en lo sucesivo, «VDM») en conexión con la MFG y que son objeto de la presente Decisión, la Comisión basó su Decisión de incoar el procedimiento en la creencia de que se había concedido ayuda y expresó dudas en cuanto a la compatibilidad de las medidas con el mercado interior.
(5) Alemania presentó observaciones sobre la Decisión de incoar el procedimiento mediante carta de 20 de septiembre de 2013.
(6) La Decisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (3). La Comisión invitó a los demás interesados a presentar sus observaciones en el plazo de un mes.
(7) La Comisión recibió en total diecinueve observaciones de los interesados. Uno de estos interesados pidió a la Comisión, aduciendo razones justificativas, que no se publicara su identidad. Un total de seis observaciones recibidas entre el 6 y el 10 de febrero de 2014 tenían por objeto submedidas relacionadas con VDM.
(8) Las observaciones presentadas se comunicaron a Alemania mediante cartas de 27 de febrero, 3 de marzo y 3 de octubre de 2014, sin revelar la identidad del interesado antes mencionado.
(9) Alemania no se pronunció inicialmente sobre las observaciones presentadas por los interesados en febrero de 2014. En cambio, el 3 de diciembre de 2014 sí se pronunció sobre una observación adicional del 8 de julio de 2014.
(10) La Comisión solicitó el 6 de junio de 2014 información adicional a Alemania, que esta le facilitó mediante carta de 16 de julio de 2014.

2. DESCRIPCIÓN

(11) A continuación se describen las medidas aplicadas por VDM en conexión con la Leysobre la leche y las materias grasas, que en la Decisión de incoar el procedimiento se designan como submedidas BW 6, BY 9, HE 5, NI 10, NW 9, RP 8, SL 6 y TH 6, y sobre cuya compatibilidad con el mercado interior la Comisión expresó dudas.

Motivos para la incoación del procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del TFUE por parte de la Comisión

(12) La MFG es una ley federal, que entró en vigor en 1952 y desde entonces ha sufrido varias modificaciones, la última de 31 de octubre de 2006. Fija el marco jurídico de las medidas de ayuda objeto de la presente Decisión y no tiene ninguna limitación en cuanto a su período de vigencia.
(13) La MFG, según su artículo 22, apartado 1, permite a los Estados federados alemanes gravar a las centrales lecheras con una tasa lechera en función de las cantidades de leche entregada. De acuerdo con la información facilitada por Alemania, nueve Estados federados (de un total de dieciséis) se sirvieron de esa autorización: Baden-Wurttemberg, Baviera, Brandemburgo, Hesse, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre y Turingia. Las tasas percibidas por los Estados federados suponían hasta 0,0015 EUR/kg de leche.
(14) Alemania ha explicado que la tasa lechera percibida en los distintos Estados federados no es aplicable a los productos importados. En cambio, sí puede aplicarse a los productos exportados.
(15) El artículo 22, apartado 2, de la MFG establece que los recursos generados por la tasa lechera solo pueden dedicarse a los siguientes fines:
1. Fomento y conservación de la calidad sobre la base de determinadas disposiciones de aplicación.
2. Mejora de la higiene en el ordeño, la entrega, la elaboración y transformación y la comercialización de la leche y los productos lácteos.
3. Pruebas del rendimiento lechero.
4. Asesoría de las explotaciones y formación continua de los trabajadores jóvenes sobre cuestiones de la industria lechera.
5. Publicidad dirigida a incrementar el consumo de leche y de productos lácteos.
6. Ejecución de las tareas asignadas por la MFG.
(16) El artículo 22, apartado 2 bis, de la MFG establece que, no obstante lo dispuesto en el apartado 2, los recursos obtenidos en virtud del apartado 1 pueden dedicarse también a lo siguiente:
1. Reducción del aumento de los costes de recogida por causas estructurales en lo que respecta a la entrega de leche y nata del productor a la central lechera.
2. Reducción del aumento de los costes de transporte en lo que respecta a la entrega de leche entre las centrales lecheras, cuando esta es necesaria para garantizar el suministro de leche de consumo a la zona de distribución de las centrales lecheras receptoras, y
3. Fomento de la calidad en caso de comercialización centralizada de los productos lácteos.
(17) El artículo 22, apartado 4, dispone que las cotizaciones y tasas pagadas por las centrales lecheras o sus asociaciones a las instituciones de la industria lechera, para los fines establecidos en el apartado 2, pueden compensarse total o parcialmente con los ingresos procedentes de la tasa lechera.
(18) Alemania explicó que la financiación de VDM prevista en el artículo 22, apartado 2, punto 6, de la MFG supone el cumplimiento de obligaciones de servicio público (Leistungsverwaltung) y no el ejercicio de una prerrogativa como autoridad pública (Eingriffsverwaltung) que restringe los derechos de las partes afectadas, y la concesión positiva de beneficios. No era necesaria una base jurídica material porque la reserva legal de competencias en virtud del artículo 20, apartado 3, de la Constitución alemana (Grundgesetz) no contemplaba este ámbito. En este caso, la autorización en los respectivos presupuestos de los Estados federados y la correspondiente concesión mediante un acto administrativo eran suficientes.
(19) En los distintos Estados federados, las normas presupuestarias aplicables constituían la base jurídica para la liberación de créditos.
(20) La base jurídica para la percepción de la tasa lechera en los respectivos Estados federados la formaban las normas siguientes:
(21) Baden-Wurttemberg: Reglamento del Ministerio de Alimentación y Asuntos Rurales que modifica el Reglamento sobre la percepción de tasas a la industria lechera de 18 de mayo de 2004 (GBl.S.350), modificado por el Reglamento de 24 de enero de 2006 (GBl.S.40).
(22) Baviera: Reglamento sobre la tasa lechera (BayMilchUmlV), de 17 de octubre de 2007.
(23) Hesse: Reglamento sobre la percepción de una tasa para fomentar la industria lechera, de 1 de diciembre de 1981.
(24) Baja Sajonia: Reglamento sobre la percepción de una tasa en la industria lechera, de 26 de noviembre de 2004 [Nds. GVBl. (Boletín Oficial de Baja Sajonia), n.o 36/2004, p. 519], modificado por última vez por el Reglamento que modifica el Reglamento sobre la percepción de una tasa en la industria lechera, de 22 de diciembre de 2005 (Nds. GVBl. n.o 31/2005, p. 475).
(25) Renania del
...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT