Commission Directive 92/10/EEC of 19 February 1992 amending certain Annexes to Council Directive 77/93/EEC on protective measures against the introduction into the Member States of organisms harmful to plants or plant products

Published date17 March 1992
Subject MatterPlant health legislation,Approximation of laws
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 70, 17 March 1992
EUR-Lex - 31992L0010 - ES

Directiva 92/10/CEE de la Comisión de 19 de febrero de 1992 por la que se modifican determinados Anexos de la Directiva 77/93/CEE del Consejo relativa a las medidas de protección contra la introducción en los Estados miembros de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales

Diario Oficial n° L 070 de 17/03/1992 p. 0027 - 0027
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 41 p. 0097
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 41 p. 0097


DIRECTIVA 92/10/CEE DE LA COMISIÓN de 19 de febrero de 1992 por la que se modifican determinados Anexos de la Directiva 77/93/CEE del Consejo relativa a las medidas de protección contra la introducción en los Estados miembros de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 77/93/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a las medidas de protección contra la introducción en los Estados miembros de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 91/661/CEE de la Comisión (2), y, en particular, el cuarto guión del apartado 2 de su artículo 13,

Considerando que, con arreglo a los actuales conocimientos científicos y técnicos, debería dejar de prohibirse la introducción en algunos Estados miembros de Pseudomonas glycinea, Diaporthe phaseolorum var. cualivora y var. sojae, Phialophora gregata y Phytophthora megasperma f. sp. glycinea, que son organismos nocivos para la Glycine max. L. Merrill; que, por tanto, ya no es necesario mantener las disposiciones que establece la Directiva 77/93/CEE respecto de tales organismos, dado que éstos no presentan peligro alguno de propagación;

Considerando que, en consecuencia, es necesario modificar los Anexos pertinentes de la Directiva 77/93/CEE a fin de adaptarlos a los avances científicos y técnicos;

Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

Se modifica la Directiva 77/93/CEE de la siguiente manera:

1) Se suprime el punto 2 (Pseudomonas glycinea) de la letra b) de la parte B del Anexo II.

2) En la letra c) de la parte B del Anexo II se suprimen los puntos 3 (Diaporthe phaseolorum var. caulivora y var. sojae), 4 ter...

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