Reglamento de Ejecución (UE) n o 541/2011 de la Comisión de 1 de junio de 2011 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n o 540/2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas (Texto pertinente a efectos del EEE)

Published date11 June 2011
Subject MatterPlant health legislation
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 153, 11 June 2011
TEXTO consolidado: 32011R0541 — ES — 12.06.2011

2011R0541 — ES — 12.06.2011 — 000.001


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►B REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 541/2011 DE LA COMISIÓN de 1 de junio de 2011 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 153, 11.6.2011, p.187)


Rectificado por:

►C1 Rectificación,, DO L 328, 10.12.2011, p. 59 (541/2011)




▼B

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 541/2011 DE LA COMISIÓN

de 1 de junio de 2011

por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas

(Texto pertinente a efectos del EEE)



LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo ( 1 ), y, en particular, su artículo 78, apartado 2,

Considerando lo siguiente:
(1) Procede establecer una lista de las sustancias activas que se considera que han sido autorizadas en el marco del Reglamento (CE) no 1107/2009 y de las sustancias activas autorizadas con arreglo a dicho Reglamento en partes separadas del anexo del Reglamento de ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión ( 2 ).
(2) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) no 540/2011 en consecuencia.
(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:



Artículo 1

El Reglamento (UE) no 540/2011 queda modificado como sigue:

1) El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 1

►C1 Las sustancias activas que figuran en la parte A del anexo se considerarán aprobadas con arreglo al Reglamento (CE) no 1107/2009.

Las sustancias activas aprobadas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1107/2009 son las que se establecen en la parte B del anexo.»

2) ...

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