Commission Regulation (EC) No 995/2003 of 11 June 2003 derogating from Regulation (EC) No 43/2003 and amending it as regards the period for the submission of applications for aid for the ageing of Madeira liqueur wine and Azores wine

Published date12 June 2003
Subject MatterFrench overseas departments,Agriculture and Fisheries,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF)
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 144, 12 June 2003
EUR-Lex - 32003R0995 - ES

Reglamento (CE) n° 995/2003 de la Comisión, de 11 de junio de 2003, por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) n° 43/2003 y se modifica el mismo en lo relativo al período de presentación de las solicitudes de ayuda para el envejecimiento de vino de licor en Madeira y de vino en las Azores

Diario Oficial n° L 144 de 12/06/2003 p. 0003 - 0003


Reglamento (CE) no 995/2003 de la Comisión

de 11 de junio de 2003

por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) n° 43/2003 y se modifica el mismo en lo relativo al período de presentación de las solicitudes de ayuda para el envejecimiento de vino de licor en Madeira y de vino en las Azores

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1453/2001 del Consejo, de 28 de junio de 2001, por el que se aprueban medidas específicas en favor de las Azores y Madeira en relación con determinados productos agrícolas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 1600/92 (Poseima)(1), y, en particular, su artículo 34,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 2 del artículo 38 del Reglamento (CE) n° 43/2003 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) n° 1452/2001, (CE) n° 1453/2001 y (CE) n° 1454/2001 del Consejo en lo relativo a las ayudas en favor de la producción local de productos vegetales en las regiones ultraperiféricas de la Unión(2) establece que las solicitudes de ayuda para el envejecimiento de vinos han de presentarse a los organismos competentes durante los dos primeros meses de cada año.

(2) Por lo que respecta al año 2003, resulta oportuno prorrogar el período de presentación de las solicitudes de ayuda para el envejecimiento de vinos en las Azores a fin de permitir a las autoridades competentes adoptar todas las disposiciones administrativas necesarias para la gestión y el control, en particular, en relación con la ayuda para el envejecimiento del vino "verdelho" prevista en el artículo 31 del Reglamento (CE) n° 1453/2001.

(3) En aras de una administración eficaz y a fin de armonizar las disposiciones aplicables en materia de presentación de las solicitudes de ayuda, resulta oportuno prever que, como en el caso de las disposiciones adoptadas en virtud del artículo 54 del Reglamento (CE) n° 43/2003 en relación con las solicitudes de...

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