Commission regulation (EC) No 578/2002 of 20 March 2002 amending Annex I to Council Regulation (EEC) No 2658/87 on the tariff and statistical nomenclature and on the Common Customs Tariff
Published date | 13 April 2002 |
Subject Matter | Common customs tariff,Accession |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 97, 13 April 2002 |
Reglamento (CE) n° 578/2002 de la comisión de 20 de marzo de 2002 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n° 2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
Diario Oficial n° L 097 de 13/04/2002 p. 0001 - 0098
Reglamento (CE) no 578/2002 de la comisión
de 20 de marzo de 2002
por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n° 2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2433/2001(2), y, en particular, su artículo 9,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CEE) n° 2658/87 instauró una nomenclatura de las mercancías (en lo sucesivo denominada "la nomenclatura combinada"), para atender a la vez a las exigencias del arancel aduanero común, de las estadísticas del comercio exterior de la Comunidad y de otras políticas comunitarias relativas a la importación o a la exportación de mercancías.
(2) Tras la entrada en vigor de las modificaciones de la nomenclatura que constan en el anexo de la Convención Internacional sobre el sistema armonizado de descripción y codificación de mercancías aprobadas de conformidad con la Recomendación del Consejo de cooperación aduanera, de 25 de junio de 1999, se insertó la nota 8 del capítulo 29 y se modificó el texto de la partida 2937 de la nomenclatura combinada por el Reglamento (CE) n° 2031/2001 de la Comisión(3), con efectos desde el 1 de enero de 2002.
(3) Como consecuencia de la nueva nota 8 del capítulo 29 y del nuevo texto de la partida 2937, es necesario actualizar el anexo 3 [lista de denominaciones comunes internacionales (DCIS) elaborada por la Organización Mundial de la Salud para sustancias farmacéuticas que pueden acogerse al régimen de admisión en franquicia] de la nomenclatura combinada para tener en cuenta el nuevo ámbito de aplicación de dicha partida.
(4) Dado que más de 100 sustancias del anexo 3 de la nomenclatura combinada, actualmente clasificadas en otras partidas distintas de la 2937, son transferidas a la partida 2937, es conveniente reemplazar el citado anexo 3 por...
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