2001/C 120 E/09Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 1259/1999 por el que se establecen las disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común [COM(2000) 841 final 2000/0335(CNS)]

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1259/1999 por el que se establecen las disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola comoen (2001/C 120 E/09) COM(2000) 841 final 2000/0335(CNS) (Presentada por la Comisión el 15 de diciembre de 2000) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 37,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1) Las estadísticas indican que, en lo que respecta a los pagos directos realizados al amparo de los diversos regímenes de ayuda de la política agrícola comoen, un elevado noemero de agricultores recibe importes muy pequeæos. Los regímenes de ayuda no establecen distinciones entre los agricultores que perciben pequeæos importes y aquellos otros que reciben importes mÆs elevados, de tal manera que los requisitos de subvencionalidad y las disposiciones administrativas y de control son iguales en ambos casos.

(2) Implantar un rØgimen simplificado de ayuda dirigido a los agricultores que perciban pequeæos importes puede reducir los trÆmites administrativos de los agricultores, las administraciones nacionales y la Comisión. Resulta oportuno comprobar la eficacia de ese rØgimen durante un período de prueba. Los agricultores con derecho a percibir pequeæos importes o que acepten importes inferiores de ayuda deben recibir, durante un período mínimo, un pago global anual, sujeto a requisitos simplificados. Dada la temporalidad del sistema, la participación en el mismo debe ser voluntaria tanto para los Estados miembros como para los agricultores de aquellos Estados miembros que decidan aplicarlo.

(3) Al objeto de simplificar los procedimientos administrativos, procede autorizar a los Estados miembros a hacer efectivo a los agricultores participantes un pago oenico combinado que comprenda las ayudas incluidas en el rØgimen simplificado y las otorgadas al amparo de otros regímenes de ayuda.

(4) Habida cuenta de que el rØgimen estÆ sujeto a un período de prueba, resulta oportuno dotar a la Comisión de la necesaria flexibilidad para su aplicación y, si fuera necesario, modificar o ampliar el noemero de regímenes incluidos en el mismo. AdemÆs, para lograr el objetivo de simplificación, en algunos casos, claramente delimitados y justificados, puede tambiØn ser necesario establecer excepciones a las...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT