Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 2014, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, sección IX — Supervisor Europeo de Protección de Datos

SectionResolution
Issuing OrganizationTribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.

5.9.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 266/143

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012 (1),

— Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea del ejercicio 2012 [COM(2013) 570 — C7-0281/2013] (2),

— Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de las instituciones (3),

— Vista la declaración sobre la fiabilidad (4) de las cuentas y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2012, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (6), y, en particular, sus artículos 164, 165 y 166,

— Vistas sus anteriores decisiones y resoluciones sobre la aprobación de la gestión,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0228/2014),

1. Acoge con satisfacción la conclusión del Tribunal de Cuentas de que el conjunto de los pagos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012 correspondientes a los gastos administrativos y otros gastos del Supervisor Europeo de Protección de Datos («el Supervisor») estuvo exento de errores materiales y de que los sistemas de control y supervisión de los gastos administrativos y de otro tipo fueron eficaces;

2. Toma nota con satisfacción de que, en su informe anual para el ejercicio 2012, el Tribunal de Cuentas observaba que no se había detectado ninguna insuficiencia significativa respecto de las cuestiones examinadas relativas a los recursos humanos y los contratos públicos del Supervisor;

3. Señala que en 2012 el Supervisor disponía de créditos...

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