Contribución de la XLIV COSAC — Bruselas, 24-26 de octubre de 2010

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Issuing OrganizationParlamento Europeo

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 340/9

Contribución de la XLIV COSAC

Bruselas, 24-26 de octubre de 2010

(2010/C 340/07)

  1. El desarrollo sostenible en la Estrategia Europa 2020

    1.1. La COSAC considera que la Estrategia Europa 2020 constituye un enfoque válidamente integrado y coordinado que debe propiciar un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, que tenga adecuadamente en cuenta tanto la evolución económica y científica de dentro y fuera de la UE, como sus consecuencias sociales y medioambientales y el respeto a los derechos humanos.

    1.2. El respaldo de la COSAC a la Estrategia Europa 2020 no es incondicional. En consecuencia, se invita a la Comisión Europea y al Consejo a que, durante la tramitación de la legislación futura, tengan en cuenta la necesidad de limitar el número de objetivos, coordinarse con otras iniciativas de la UE, garantizar la seguridad energética de Europa y evitar pérdidas de productividad. En la reforma de la gobernanza económica de Europa debe tenerse en cuenta la Estrategia Europa 2020.

    1.3. COSAC insta a los Parlamentos nacionales y al Parlamento Europeo a asumir políticamente la Estrategia Europa 2020 con la vigilancia activa de su aplicación.

    1.4. La COSAC también solicita a la Comisión Europea, al Consejo y al Parlamento Europeo que potencien la integración de los retos de la estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible en las propuestas legislativas y en otras iniciativas.

    1.5. La COSAC acoge favorablemente que los Parlamentos nacionales juzguen que el proceso de toma de decisiones es adecuadamente riguroso y que el control parlamentario está suficientemente garantizado. En ese marco, reviste una especial importancia la influencia de presión por los homólogos.

    1.6. Por último, como parte del seguimiento de la Estrategia Europa 2020, la COSAC invita a los Parlamentos nacionales a reflexionar sobre su futuro papel relativo a los planes nacionales de reforma.

  2. Control parlamentario de la política exterior y de seguridad común y de la política común de seguridad y defensa (en lo sucesivo «PESC» y «PCSD»)

    2.1. La COSAC subraya la necesidad del control parlamentario tanto de la PESC como de la PCSD.

    i) El control parlamentario de la PESC y de la PCSD debería involucrar tanto a los Parlamentos nacionales como al Parlamento Europeo.

    ii) El mecanismo de control parlamentario de la PESC y de la PCSD debe ser eficaz y añadir valor al trabajo que los Parlamentos ya realizan en este ámbito.

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