Convocatoria de propuestas 2020 — EAC/A02/2019 Programa Erasmus+

SectionSerie C

5.11.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 373/12

La presente convocatoria de propuestas se basa en el Reglamento (UE) n.o 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión (1), así como en los programas de trabajo anuales de Erasmus+ para 2019 y 2020. El programa Erasmus+ abarca el período 2014-2020. Los objetivos generales y específicos del programa Erasmus+ figuran en los artículos 4, 5, 11 y 16 del Reglamento.

La presente convocatoria de propuestas abarca las siguientes acciones del programa Erasmus+:

Acción clave 1 (AC1): Movilidad de las personas por motivos de aprendizaje — Movilidad de las personas en el ámbito de la educación, la formación y la juventud

— Grados de máster conjuntos Erasmus Mundus

Acción clave 2 (AC2): Cooperación para la innovación y el intercambio de buenas prácticas — Asociaciones estratégicas en el ámbito de la educación, la formación y la juventud

— Universidades europeas

— Alianzas para el conocimiento

— Alianzas para las competencias sectoriales

— Desarrollo de las capacidades en el ámbito de la educación superior

— Desarrollo de las capacidades en el ámbito de la juventud

Acción clave 3 (AC3): Apoyo a la reforma de las políticas — Proyectos del Diálogo sobre la Juventud

Actividades Jean Monnet — Cátedras Jean Monnet

— Módulos Jean Monnet

— Centros de excelencia Jean Monnet

— Apoyo Jean Monnet a asociaciones

— Redes Jean Monnet

— Proyectos Jean Monnet

Deporte — Asociaciones en colaboración

— Pequeñas asociaciones en colaboración

— Acontecimientos deportivos europeos sin ánimo de lucro

Cualquier entidad pública o privada que trabaje en el ámbito de la educación, la formación, la juventud y el deporte podrá solicitar financiación con cargo al programa Erasmus+. Además, los grupos de jóvenes que trabajan en el sector de la juventud, aunque no sea necesariamente en el marco de una organización juvenil, podrán solicitar financiación para movilidad por motivos de aprendizaje de jóvenes, estudiantes o trabajadores, así como para asociaciones estratégicas en el ámbito de la juventud.

Los siguientes países del programa pueden participar plenamente en todas las acciones del programa Erasmus+ (2):

— los veintiocho Estados miembros de la Unión Europea,

— los países de la AELC y del EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega,

— los países candidatos a la adhesión a la UE: Turquía, Macedonia...

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