Corrección de errores de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n° 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (DO L 337 de 23.12.2015)

SectionCorrección de errores
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

23.4.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 102/97

En la página 42, en el considerando 47, tercera frase:

donde dice:

[…] Este enfoque resulta acorde con la lógica de la Recomendación especial VI del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI), que prevé la implantación de un mecanismo que permita tratar como entidades de pago a aquellos proveedores de servicios de pago que no puedan cumplir todos los requisitos que preconiza la citada Recomendación. […]

,

debe decir:

[…] Este enfoque resulta acorde con la lógica de la Recomendación 14 del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI), que prevé la implantación de un mecanismo que permita tratar como entidades de pago a aquellos proveedores de servicios de pago que no puedan cumplir todos los requisitos que preconiza la citada Recomendación. […]

.

En la página 62, en el artículo 5, apartado 2:

donde dice:

[…] las responsabilidades a que se refieren los artículos 73, 89, 90 y 92.

,

debe decir:

[…] las responsabilidades a que se refieren los artículos 73, 90 y 92.

.

En la página 86, en el artículo 52, punto 5, letra f):

donde dice:

[…] operaciones de pago de conformidad con el artículo 89;

,

debe decir:

[…] operaciones de pago de conformidad con los artículos 89 y 90;

.

En la página 89, en el artículo 61, apartado 1, primera frase:

donde dice:

[…] el proveedor de servicios de pago podrán convenir en que no se apliquen, total o parcialmente, el artículo 62, apartado 1, el artículo 64, apartado 3, y los artículos 72, 74, 76, 77, 80 y 89 […]

,

debe decir:

[…] el proveedor de servicios de pago podrán convenir en que no se apliquen, total o parcialmente, el artículo 62, apartado 1, el artículo 64, apartado 3, y los artículos 72, 74, 76, 77, 80, 89 y 90[…]

.

En la página 89, en el artículo 62, apartado 1, primera frase:

donde dice:

[…] salvo que se estipule lo contrario en el artículo 79, apartado 1, el artículo 80, apartado 5, y el artículo 88, apartado 2.

,

debe decir:

[…] salvo que se estipule lo contrario en el artículo 79, apartado 1, el artículo 80, apartado 5, y el artículo 88, apartado 4.

.

En la página 97, en el artículo 76, apartado 1, párrafo cuarto:

donde dice:

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3, los Estados miembros velarán por que, además del derecho recogido en el presente apartado, en lo que respecta a los adeudos domiciliados contemplados en el artículo 1 del Reglamento (UE)...

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