Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes ( DO L 169 de 25.6.2019 )

SectionSerie L
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

9.6.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea LI 179/4

1) En la página 61, anexo I, parte A, cuadro, sustancia «Bis(pentabromofenil) éter (éter de decabromodifenilo; decaBDE)», cuarta columna, punto 4, frase introductoria:

donde dice:

4. Las excepciones específicas aplicables a las piezas de recambio para su uso en los vehículos de motor mencionados en el punto 2, letra b), inciso ii), se aplicarán a la fabricación y el uso de decaBDE comercial que entre en una o varias de las siguientes categorías:

,

debe decir:

4. Las excepciones específicas aplicables a las piezas de recambio para su uso en los vehículos de motor mencionados en el punto 3, letra b), inciso ii), se aplicarán a la fabricación y el uso de decaBDE comercial que entre en una o varias de las siguientes categorías:

.

2) En la página 61, anexo I, parte A, cuadro, sustancia «Bis(pentabromofenil) éter (éter de decabromodifenilo; decaBDE)», cuarta columna, punto 7:

donde dice:

7. Se permitirá la comercialización y el uso de artículos que contengan decaBDE importados a efectos de las exenciones específicas previstas en el punto 2 hasta que expiren dichas exenciones. El punto 6 se aplicará como si tales artículos se hubieran producido con arreglo a la exención contemplada en el punto 2. Tales artículos ya en uso en la fecha de expiración de la exención pertinente podrán seguir utilizándose.

,

debe decir:

7. Se permitirá la comercialización y el uso de artículos que contengan decaBDE importados a efectos de las excepciones específicas previstas en el punto 3 hasta que expiren...

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