Council Directive 69/464/EEC of 8 December 1969 on control of Potato Wart Disease
Published date | 24 December 1969 |
Subject Matter | ravvicinamento delle legislazioni,Legislazione fitosanitaria,aproximación de las legislaciones,Legislación fitosanitaria,rapprochement des législations,Législation phytosanitaire |
Official Gazette Publication | Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 323, 24 dicembre 1969,Journal officiel des Communautés européennes, L 323, 24 décembre 1969 |
Directiva 69/464/CEE del Consejo, de 8 de diciembre de 1969, relativa a la lucha contra la sarna verrugosa
Diario Oficial n° L 323 de 24/12/1969 p. 0001 - 0002
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 2 p. 0249
Edición especial en danés: Serie I Capítulo 1969(II) p. 0545
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 2 p. 0249
Edición especial en inglés: Serie I Capítulo 1969(II) p. 0561
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 5 p. 0019
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 3 p. 0170
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 3 p. 0170
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DIRECTIVA DEL CONSEJO
de 8 de diciembre de 1969
relativa a la lucha contra la sarna verrugosa
( 69/464/CEE )
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea y , en particular , sus articulos 43 y 100 ,
Vista la propuesta de la Comision ,
Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,
Visto el dictamen del Comité economico y social ,
Considerando que la produccion de patatas tiene gran importancia en la agricultura de la Comunidad ;
Considerando que los organismos nocivos comprometen constantemente al rendimiento de dicha produccion ;
Considerando que la proteccion del cultivo de patatas frente a dichos organismos nocivos no solo debe mantener su capacidad de produccion , sino constituir ademas un medio para incrementar la productividad de la agricultura ;
Considerando que las medidas de proteccion contra la introduccion de organismos nocivos en cada Estado miembro solo tendrian un alcance limitado si , al mismo tiempo , no se combatieran dichos organismos metodicamente en el conjunto de la Comunidad y se evitara su propagacion ;
Considerando que uno de los organismos nocivos mas peligrosos para la patata es Synchytrium endobioticum ( Schillo . ) Perc. , agente patogeno de la plaga criptogamica " sarna verrugosa " ;
Considerando que dicha plaga ha aparecido en varios Estados miembros , y que subsisten algunos focos de infeccion de poca importancia en la Comunidad ;
Considerando que existe un peligro permanente para el cultivo de la patata en toda la Comunidad si no se adoptan medidas eficaces para combatir dicha plaga e impedir su propagacion ;
Considerando que , para erradicar dicho organismo nocivo , es necesario adoptar disposiciones minimas para la Comunidad ; que los Estados miembros deben poder adoptar medidas...
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