Decisión del Comité Mixto del EEE nº 158/2002, de 6 de diciembre de 2002, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE No 158/2002 de 6 de diciembre de 2002 por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 123/2002 del Comité Mixto del EEE, de 27 de septiembre de 2002 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 98/95/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, que modifica, respecto de la consolidación del mercado interior,las variedades de plantas modificadas genéticamente y los recursos fitogenéticos, las Directivas 66/400/CEE, 66/401/CEE, 66/402/CEE,

66/403/CEE, 69/208/CEE, 70/457/CEE y 70/458/CEE sobre la comercialización de las semillas de remolacha, de las semillas de plantas forrajeras, de las semillas de cereales, de las patatas de siembra,

de las semillas de plantas oleaginosas y textiles, de las semillas de plantas hortícolas y sobre el catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas (2), con las correcciones publicadas en el DO L 126 de 20.5.1999, p. 23, DO L 161 de 16.6.2001, p. 47, y DO L 82 de 26.3.2002,

p. 20.

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 98/96/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, por la que se modifican, en particular en lo relativo a las inspecciones no oficiales sobre el terreno, las Directivas 66/400/CEE, 66/401/CEE, 66/402/CEE, 66/403/CEE, 69/208/CEE, 70/457/CEE y 70/458/CEE relativas a la comercialización de las semillas de remolacha, las semillas de plantas forrajeras, las semillas de cereales, las patatas de siembra, las semillas de plantas oleaginosas y textiles y las semillas de plantas hortícolas, y al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas (3), con las correcciones publicadas en el DO L 161 de 16.6.2001, p. 48.

(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 930/2000 de la Comisión, de 4 de mayo de 2000, por el que se...

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