Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 6/2019, de 8 de febrero de 2019, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) y el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2020/925]

SectionSerie L
Issuing OrganizationComité Mixto

16.7.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 228/11

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2018/832 de la Comisión, de 5 de junio de 2018, por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de ciantraniliprol, cimoxanilo, deltametrin, difenoconazol, fenamidona, flubendiamida, fluopicolide, folpet, fosetil, mandestrobin, mepicuat, metazacloro, propamocarbo, propargita, pirimetanil, sulfoxaflor y trifloxistrobina en o sobre determinados productos (1).

(2) La presente Decisión se refiere a la legislación relativa a piensos y productos alimenticios. Dicha legislación no se debe aplicar a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas sea extensivo a dicho país, tal y como recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I y en la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es...

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