Decisión de Ejecución de la Comisión, de 6 de diciembre de 2018, relativa a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de la solicitud de registro de un nombre contemplada en el artículo 49 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo [«Paška sol» (DOP)]

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

13.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/17

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 50, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 49, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, Croacia ha enviado a la Comisión una solicitud de protección del nombre «Paška sol».

(2) De conformidad con el artículo 50 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha examinado la solicitud y concluido que cumple las condiciones establecidas en dicho Reglamento.

(3) Con el fin de permitir la presentación de notificaciones de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, deben publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea el documento único y la referencia a la publicación del pliego de condiciones del producto a que se refiere el artículo 50, apartado 2, letra a), de dicho Reglamento correspondientes al nombre «Paška sol»

DECIDE:

El documento único y la referencia a la publicación del pliego de condiciones del producto a que se refiere el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 correspondientes al nombre «Paška sol» (DOP) figuran en el anexo de la presente Decisión.

De conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la publicación de la presente Decisión confiere el derecho de oponerse al registro del nombre contemplado en el párrafo primero del presente artículo dentro de los tres meses siguientes a la fecha de publicación de la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2018.

(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

Paška sol

.

Croacia.

Clase 1.8. Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.).

La protección del nombre «Paška sol» cubre dos productos: sal marina fina y flor de sal.

La sal marina fina «Paška sol» es sal marina no molida obtenida del agua de mar de la bahía de Pag que se introduce continuamente en un sistema de balsas de evaporación hasta que cristaliza en las salinas de la isla. Adopta la forma de cristales cúbicos pequeños y regulares, de color blanco, que contienen minerales y oligoelementos. La mayoría de los cristales no superan el milímetro de tamaño, por lo que más del 98 % pueden pasar a través de un tamiz con un tamaño de malla de 1,3 mm. Tiene un sabor salado concentrado, sin toques amargos.

Composición:

Proporción de cloruro de sodio en extracto seco (%) > 98,0 Contenido en agua (%) 0,02 Arsénico (mg/kg)

La flor de sal «Paška sol» es un producto de la fase inicial de fabricación de la sal marina fina, es decir, se obtiene durante la producción de agua marina concentrada. Tiene un sabor algo dulzón y una textura crujiente y muy frágil. El color se sitúa entre el blanco y el amarillo claro, debido a los elevados niveles de minerales. Tiene un sabor característico, menos salado que el de la sal de cocina, y...

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