Decisión de Ejecución (UE) 2019/1195 de la Comisión, de 10 de julio de 2019, por la que se modifican las Decisiones 2008/730/CE, 2008/837/CE, 2009/184/CE, 2011/354/UE, las Decisiones de Ejecución 2012/81/UE, 2013/327/UE, (UE) 2015/690, (UE) 2015/697, (UE) 2015/699, (UE) 2016/1215, (UE) 2017/1208 y (UE) 2017/2451 en lo que respecta al titular de la autorización y a su representante para la comercialización de soja, algodón, colza y maíz modificados genéticamente [notificada con el número C(2019) 5093] (Texto pertinente a efectos del EEE.)

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

12.7.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 187/43

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre alimentos y piensos modificados genéticamente (1), y en particular su artículo 9, apartado 2, y su artículo 21, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La empresa Bayer CropScience AG, con sede en Alemania, es titular de la autorización de comercialización de algunos alimentos y piensos modificados genéticamente (soja, algodón, colza y maíz) en el marco del Reglamento (CE) no 1829/2003, conforme a las Decisiones 2008/730/CE (2), 2008/837/CE (3), 2009/184/CE (4), 2011/354/UE (5), 2012/81/UE (6), 2013/327/UE (7), (UE) 2015/690 (8), (UE) 2015/697 (9), (UE) 2015/699 (10) y (UE) 2016/1215 (11) de la Comisión.

(2) Bayer CropScience N.V., con sede en Bélgica, que es titular de la autorización de comercialización de algunos alimentos y piensos modificados genéticamente (algodón), representa a la empresa Bayer CropScience LP, con sede en los Estados Unidos, en lo que respecta a la autorización conforme a la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1208 de la Comisión (12).

(3) Bayer CropScience N.V., con sede en Bélgica, que es titular de la autorización de comercialización de algunos alimentos y piensos modificados genéticamente (soja), representa a la empresa M.S. Technologies LLC, con sede en los Estados Unidos, en lo que respecta a la autorización conforme a la Decisión de Ejecución (UE) 2017/2451 de la Comisión (13).

(4) Mediante carta de 1 de agosto de 2018, Bayer CropScience AG (Alemania), Bayer CropScience N.V. (Bélgica) y Bayer CropScience LP (Estados Unidos), solicitaron que la Comisión transfiera sus derechos y obligaciones relativos a todas las autorizaciones y solicitudes pendientes en relación con productos modificados genéticamente a la empresa Agricultural Solutions Seed US LLC, con sede en los Estados Unidos.

(5) Mediante carta de 19 de octubre de 2018, la empresa BASF Agricultural Solutions Seed US LLC confirmó su conformidad con a esta transferencia y autorizó a BASF SE (con sede en Alemania), a actuar como su representante en la UE.

(6) El 11 de octubre de 2018, la empresa M.S. Technologies LLC confirmó por escrito su conformidad con este cambio de representante.

(7) Los anexos de las Decisiones 2008/730/CE, 2008/837/CE, 2009/184/CE y 2011/354/UE recogen enlaces a las páginas web de la American Oil Chemists' Society, donde se encuentran disponibles los materiales de referencia para los métodos de detección vinculados a Bayer, por lo que estos enlaces deben adaptarse en consecuencia.

(8) Las modificaciones de las decisiones de autorización que se proponen son de carácter estrictamente administrativo y no entrañan una nueva evaluación de los productos en cuestión. Lo mismo se aplica a los destinatarios de las decisiones de autorización en cuestión, que también deben adaptarse en consecuencia.

(9) La aplicación de los cambios solicitados requiere la modificación de las decisiones por las que se autoriza la comercialización de los productos modificados genéticamente cuya autorización ostentan Bayer CropScience AG y Bayer CropScience N.V. En particular, deben modificarse en consecuencia las Decisiones siguientes: las Decisiones 2008/730/CE, 2008/837/CE, 2009/184/CE, 2011/354/UE, así como las Decisiones de Ejecución 2012/81/UE, 2013/327/UE, (UE) 2015/690, (UE) 2015/697, (UE) 2015/699, (UE) 2016/1215, (UE) 2017/1208 y (UE) 2017/2451.

(10) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

La Decisión 2008/730/CE se modifica como sigue:

1) En el artículo 6, se sustituye «Bayer CropScience AG» por «BASF Agricultural Solutions Seed US LLC, EE. UU., representada por BASF SE, Alemania».

2) En el artículo 8, se sustituye «Bayer CropScience AG, Alfred-Nobel-Straße 50, D-40789 Monheim am Rhein» por «BASF SE, Carl-Bosch-Str. 38, 67063 Ludwigshafen».

3) En el anexo, la letra a) se sustituye por el texto siguiente: «a) Solicitante y titular de la autorización: Nombre : BASF Agricultural Solutions Seed US LLC. Dirección : 100 Park Avenue, Florham Park, New Jersey 07932, Estados Unidos de América.

Representada por BASF SE, Carl-Bosch-Str. 38, 67063 Ludwigshafen, Alemania.».

4) En el anexo, la letra d), tercer guion, se sustituye por el texto siguiente: «— Material de referencia: AOCS 0707-A y AOCS 0707-B, que puede consultarse en el sitio web de la American Oil Chemists Society, en la dirección http://www.aocs.org/tech/crm.».

La Decisión 2008/837/CE se modifica como sigue:

1) En el artículo 6, se sustituye «Bayer CropScience AG» por «BASF Agricultural Solutions Seed US LLC, EE. UU., representada por BASF SE, Alemania».

2) En el artículo 8, se...

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