Decisión de Ejecución (UE) 2021/44 de la Comisión, de 19 de enero de 2021, relativa a la autorización a Italia para que continúe utilizando determinadas estimaciones aproximativas para calcular la base de los recursos propios procedentes del IVA respecto al transporte de personas hasta que finalice 2024 [notificada con el número C(2021) 71]

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

21.1.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 20/1

(1) Con arreglo al artículo 371 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo (2), los Estados miembros que, el 1 de enero de 1978, eximían las operaciones cuya lista figura en el anexo X, parte B, de la mencionada Directiva, pueden seguir eximiéndolas, en las condiciones existentes en cada Estado miembro de que se trate en esa misma fecha. De conformidad con el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CEE, Euratom) n.o 1553/89, esas operaciones deben tenerse en cuenta para la determinación de la base de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA).

(2) Mediante la Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2015/2190 de la Comisión (3), se autorizó a Italia a utilizar estimaciones aproximativas respecto al transporte de personas y a otras operaciones mencionadas en el anexo X, parte B, punto 10, de la Directiva 2006/112/CE, a efectos del cálculo de la base de los recursos propios procedentes del IVA entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2019.

(3) En su carta de 2 de abril de 2019, Italia solicitó a la Comisión una autorización para seguir utilizando determinadas estimaciones aproximativas en el cálculo de la base de los recursos propios procedentes del IVA. En particular, Italia no puede realizar el cálculo preciso de la base de los recursos propios procedentes del IVA para las operaciones a que se refiere el anexo X, parte B, punto 10, de la...

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