Decisión de Ejecución (UE) 2021/653 de la Comisión, de 20 de abril de 2021, por la que se modifica la Decisión 2011/163/UE, relativa a la aprobación de los planes enviados por terceros países de conformidad con el artículo 29 de la Directiva 96/23/CE del Consejo [notificada con el número C(2021) 2587]

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

22.4.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 138/1

(1) El artículo 29, apartado 1, de la Directiva 96/23/CE exige que los terceros países desde los cuales los Estados miembros están autorizados a importar animales y productos de origen animal incluidos en su ámbito de aplicación presenten planes de vigilancia de los residuos en los que expongan las garantías exigidas («planes»). Los planes deben incluir al menos los grupos de residuos y sustancias que figuran en el anexo I de dicha Directiva.

(2) Mediante la Decisión 2011/163/UE de la Comisión (2) se aprobaron los planes presentados por algunos terceros países relativos a determinados animales y productos de origen animal que figuran en la lista del anexo de dicha Decisión («lista»).

(3) Albania ha presentado a la Comisión un plan para la acuicultura. Dado que este plan ofrece garantías suficientes, debe aprobarse. Dado que dicho plan no incluye los crustáceos, debe añadirse a la lista una nota que excluya los crustáceos de la aprobación para la acuicultura.

(4) Bosnia y Herzegovina ha presentado a la Comisión un plan para la acuicultura que no incluye los crustáceos. Por consiguiente, debe añadirse a la lista una nota que excluya los crustáceos de la aprobación para la acuicultura.

(5) Las Islas Malvinas han presentado a la Comisión un plan para la acuicultura que no incluye los crustáceos y un plan para pequeños rumiantes que únicamente incluye los ovinos. Por consiguiente, debe añadirse a la lista una nota que excluya los crustáceos de la aprobación para la acuicultura y limite a los ovinos la aprobación relativa a los pequeños rumiantes.

(6) Las Islas Feroe han presentado a la Comisión un plan para la acuicultura que no incluye los crustáceos. Por consiguiente, debe añadirse a la lista una nota que excluya los crustáceos de la aprobación para la acuicultura.

(7) Guatemala ha presentado a la Comisión un plan para la acuicultura que no incluye los peces de aleta. Por consiguiente, debe añadirse a la lista una nota que excluya los peces de aleta de la aprobación para la acuicultura.

(8) Irán ha presentado a la Comisión un plan para la acuicultura que no incluye los peces de aleta. Por consiguiente, debe añadirse a la lista una nota que excluya los peces de aleta de la aprobación para la acuicultura.

(9) Kirguistán está actualmente incluido en la lista de aprobación para la miel. Este tercer país ha presentado a la Comisión un plan para la miel que no ofrece garantías suficientes. Por consiguiente, la...

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