Decisión de Ejecución (UE) 2021/677 del Consejo, de 23 de abril de 2021, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1351 por la que se concede apoyo temporal a la República de Letonia, con arreglo al Reglamento (UE) 2020/672, para atenuar los riesgos de desempleo en la emergencia a raíz de la pandemia de COVID-19

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

27.4.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 144/7

(1) A raíz de una solicitud de Letonia de 7 de agosto de 2020, el 25 de septiembre de 2020, el Consejo concedió a Letonia ayuda financiera en forma de un préstamo por un importe máximo de 192 700 000 EUR con un plazo de vencimiento medio máximo de quince años, con el fin de complementar los esfuerzos nacionales de Letonia para hacer frente al impacto de la pandemia de COVID-19 y dar respuesta a las consecuencias socioeconómicas de dicha pandemia para los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia.

(2) El préstamo debía servir para que Letonia financiara los regímenes de reducción del tiempo de trabajo, otras medidas similares y medidas del ámbito sanitario contempladas en el artículo 3 de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1351 del Consejo (2).

(3) La pandemia de COVID-19 sigue inmovilizando a una parte sustancial de la mano de obra de Letonia. Ello ha ocasionado un aumento repentino y grave del gasto público de Letonia relacionado con las nuevas medidas, a saber, las prestaciones por enfermedad para padres y cuidadores y las primas para los profesionales médicos y los empleados que hacen frente a la crisis de la COVID-19, y las medidas a que se refiere el artículo 3, letras a), c), d), f) y g), de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1351.

(4) La pandemia de COVID-19 y las medidas extraordinarias aplicadas por Letonia en 2020 y 2021 para contener dicha pandemia y sus repercusiones socioeconómicas y sanitarias vienen constituyendo un durísimo revés para las finanzas públicas. De acuerdo con las previsiones del otoño de 2020 de la Comisión, el déficit y la deuda de las administraciones públicas de Letonia serían del 7,4 % y del 47,5 % del producto interior bruto (PIB), respectivamente, para el final de 2020. En 2021, se espera que el déficit y la deuda de las administraciones públicas de Letonia se reduzcan hasta el 3,5 % y el 45,9 % del PIB, respectivamente. De acuerdo con las previsiones intermedias del invierno de 2021 de la Comisión, se prevé que el PIB real de Letonia aumente un 3,5 % en 2021.

(5) El 11 de marzo de 2021, Letonia solicitó asistencia financiera adicional de la Unión por un importe de 112 500 000 EUR con el fin de seguir complementando los esfuerzos nacionales acometidos en 2020 y 2021 para hacer frente al impacto de la pandemia de COVID-19 y dar respuesta a las consecuencias socioeconómicas de dicha pandemia para los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia. Se trata, en particular, de las medidas expuestas en los considerandos 6 a 8.

(6) El «Reglamento del Consejo de Ministros n.o 709, “Reglamento relativo al subsidio por períodos de inactividad para contribuyentes a efectos de la continuidad de su actividad en el contexto de la crisis de la COVID-19”» (adoptado el 24 de noviembre de 2020 (3) y modificado el 12 de enero de 2021 (4)) amplió y modificó el régimen para la compensación de los períodos de inactividad de los trabajadores a que se refiere el artículo 3, letra a), de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1351. Este régimen se aplica a las empresas, a los trabajadores por cuenta propia y a aquellos que pagan un canon de licencia cuyos ingresos procedentes de su actividad económica hayan disminuido en un promedio de al menos un 20 % en comparación con el período comprendido entre agosto y octubre de 2020. En virtud del régimen, se abonan compensaciones a trabajadores cuyo contrato haya sido suspendido, o a trabajadores por cuenta propia, de entre el 50 y el 70 % de sus salarios o ingresos, en función del régimen fiscal en el ejerzan su actividad. El nivel mínimo del apoyo se ha fijado en 500 EUR, hasta un máximo de 1 000 EUR por trabajador y mes civil. Asociada al régimen para la compensación de los períodos de inactividad de los trabajadores está la bonificación por hijo del trabajador a que se refiere el artículo 3, letra c), de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1351. La bonificación de 50 EUR por mes e hijo proporciona un apoyo adicional a los trabajadores inactivos, que tienen derecho a una desgravación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas por los dependientes. Esta medida de apoyo se amplió a través de la «Orden del Consejo de Ministros n.o 706, de 1 de...

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