Decisión de Ejecución (UE) 2021/942 de la Comisión, de 10 de junio de 2021, por la que se establecen normas de desarrollo de la Directiva 2006/112/CE del Consejo en relación con la elaboración de la lista de terceros países con los que la Unión ha celebrado un acuerdo de asistencia mutua con un ámbito de aplicación similar al de la Directiva 2010/24/UE del Consejo y el Reglamento (UE) n.o 904/2010 del Consejo

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

11.6.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 205/80

(1) El funcionamiento del mercado interior, la globalización y los cambios tecnológicos han dado lugar a un crecimiento exponencial del comercio electrónico y, por lo tanto, de los suministros de bienes y servicios a distancia en los Estados miembros, tanto de proveedores establecidos en otros Estados miembros como de terceros territorios o de terceros países.

(2) La Directiva 2006/112/CE fue modificada por las Directivas (UE) 2017/2455 (2) y (UE) 2019/1995 (3) con el fin de adaptar el sistema del impuesto sobre el valor añadido (IVA) al comercio electrónico garantizando una recaudación efectiva y eficiente del IVA a través de medidas destinadas a minimizar la carga administrativa tanto para los sujetos pasivos como para las administraciones tributarias, y de modernizar el marco jurídico del IVA para el comercio electrónico transfronterizo entre empresas y consumidores.

(3) De conformidad con el artículo 369 quaterdecies, apartado 1, letra c), los Estados miembros deben permitir a todo sujeto pasivo establecido en un tercer país con el que la Unión haya celebrado un acuerdo de asistencia mutua con un ámbito de aplicación similar al de la Directiva 2010/24/UE del Consejo (4) y al del Reglamento (UE) n.o 904/2010 del Consejo (5) y que realice ventas a distancia de bienes procedentes de ese tercer país acogerse al régimen especial, sin necesidad de estar representado por un intermediario establecido en la Unión.

(4) El 1 de septiembre de 2018, entró en vigor un Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (6).

(5) Ese Acuerdo tiene un ámbito de aplicación similar al de la Directiva 2010/24/UE y el Reglamento (UE) n.o 904/2010, ya que establece un sistema común de cooperación, en particular en lo que se refiere al intercambio de información, a fin de que las autoridades responsables de la aplicación de la legislación sobre el IVA puedan prestarse asistencia mutua para garantizar el cumplimiento de dicha legislación y proteger los ingresos procedentes del IVA. También proporciona asistencia para garantizar la correcta liquidación del IVA, luchar contra el fraude en el IVA y asegurar el cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido. El Acuerdo contiene normas y...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT