Decisión de Ejecución (UE) 2022/222 de la Comisión, de 16 de febrero de 2022, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) [notificada con el número C(2022) 830]

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

18.2.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 37/63

(1) De conformidad con el artículo 52 del Reglamento (UE) n.o 1306/2013, la Comisión debe realizar las comprobaciones necesarias, comunicar a los Estados miembros los resultados de dichas comprobaciones, tomar nota de las observaciones de los Estados miembros, convocar reuniones bilaterales para llegar a un acuerdo con los Estados miembros afectados y comunicarles oficialmente sus conclusiones.

(2) Los Estados miembros han tenido la posibilidad de solicitar la apertura de un procedimiento de conciliación. Se ha hecho uso de dicha posibilidad en algunos casos y la Comisión ha examinado los informes elaborados al término del procedimiento.

(3) De conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1306/2013, únicamente puede financiarse el gasto agrícola que haya sido efectuado sin infringir el Derecho de la Unión.

(4) De las comprobaciones efectuadas, de los resultados de las reuniones bilaterales y de los procedimientos de conciliación se desprende que una parte de los gastos declarados por los Estados miembros no cumple esa condición y, por consiguiente, no puede ser financiada ni por el FEAGA ni por el Feader.

(5) Procede indicar los importes que no pueden imputarse ni al FEAGA ni al Feader. Dichos importes no corresponden a gastos efectuados antes de los veinticuatro meses previos a la comunicación escrita de los resultados de las comprobaciones que la Comisión envió a los Estados miembros.

(6) Los importes excluidos de la financiación de la Unión en virtud de la presente Decisión deben tener también en cuenta cualesquiera reducciones o suspensiones realizadas de conformidad con el artículo 41 del Reglamento (UE) n.o 1306/2013 por tener esas reducciones o suspensiones carácter provisional, sin perjuicio de las decisiones adoptadas de conformidad con los artículos 51 o 52 del citado Reglamento.

(7) En los casos contemplados en la presente Decisión, el cálculo de los importes excluidos por no ajustarse al Derecho de la Unión ha sido comunicado por la Comisión a los Estados miembros en un informe de síntesis (2).

(8) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de las consecuencias financieras que, a juicio de la Comisión, se deriven de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en asuntos que se encontrasen pendientes a 30 de septiembre de 2021.

Estado miembro Medida EF Motivo Tipo Corrección % Moneda Importe Deducciones Incidencia financiera PL Frutas y hortalizas - Agrupaciones de productores con reconocimiento previo 2018 Mediante la Decisión C(2017) 2104 de la Comisión, fueron suspendidos los pagos mensuales a Polonia por un importe de 526 116,83 EUR (652 883,38 - 126 766,55 ) para los gastos relacionados con el período comprendido entre el 16 de octubre de 2017 y el 28 de febrero de 2018 (fin de la suspensión). PUNTUAL EUR 0,00 - 526 116,83 526 116,83 Total PL: EUR 0,00 - 526 116,83 526 116,83

Moneda Importe Deducciones Incidencia financiera EUR 0,00 - 526 116,83 526 116,83

Estado miembro Medida EF Motivo Tipo Corrección % Moneda Importe Deducciones Incidencia financiera IT Liquidación de cuentas - Liquidación de conformidad 2007 Reembolso tras la sentencia en el asunto T-265/19-1 PUNTUAL EUR 305 122,74 0,00 305 122,74 Total IT: EUR 305 122,74 0,00 305 122,74

Moneda Importe Deducciones Incidencia financiera EUR 305 122,74 0,00 305 122,74

Estado miembro Medida EF Motivo Tipo Corrección % Moneda Importe Deducciones Incidencia financiera BG Otras ayudas directas 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, algodón PUNTUAL EUR - 488,16 0,00 - 488,16 Ayudas directas disociadas 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, pagos de ecologización PUNTUAL EUR - 790 918,72 0,00 - 790 918,72 Ayudas directas disociadas 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, pago redistributivo PUNTUAL EUR -2 296,86 0,00 -2 296,86 Ayudas directas disociadas 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, régimen de pago único por superficie PUNTUAL EUR - 255 109,71 0,00 - 255 109,71 Ayuda asociada voluntaria 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, ayuda asociada voluntaria M07-M08-M09-M13-M14 PUNTUAL EUR -32 453,31 0,00 -32 453,31 Ayuda asociada voluntaria 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, ayuda asociada voluntaria M10 PUNTUAL EUR -2 811,26 0,00 -2 811,26 Ayudas directas disociadas 2019 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2018, régimen de jóvenes agricultores PUNTUAL EUR -27 444,70 0,00 -27 444,70 Otras ayudas directas 2020 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2019, algodón PUNTUAL EUR -8 091,15 0,00 -8 091,15 Ayudas directas disociadas 2020 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2019, pagos de ecologización PUNTUAL EUR - 769 681,16 0,00 - 769 681,16 Ayudas directas disociadas 2020 Todas las deficiencias (calculadas) - año de solicitud 2019, pago redistributivo PUNTUAL EUR -7 292,20 0,00 -7 292,20 Ayudas directas disociadas...

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