Decisión N.O 1/2019 del Comité Conjunto UE-México, de 16 de octubre de 2019, sobre las modificaciones del anexo III de la Decisión n.o 2/2000 del Consejo Conjunto CE México relativo a la definición del concepto de productos originarios y a los procedimientos de cooperación administrativa (Andorra y San Marino y determinadas normas de origen específicas de los productos aplicables a los productos químicos) [2021/10]

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

7.1.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 3/37

(1) El anexo III de la Decisión n.o 2/2000 (en lo sucesivo, «anexo III») establece las normas de origen para los productos originarios del territorio de las Partes del Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra (2), firmado en Bruselas el 8 de diciembre de 1997 (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(2) La Unión Europea ha establecido una unión aduanera con el Principado de Andorra y con la República de San Marino, respectivamente, y, por consiguiente, los productos originarios de México se benefician de un trato preferencial en el momento de su exportación a dichos países.

(3) Se ha acordado que México aceptará los productos clasificados en los capítulos 25 a 97 del Sistema Armonizado originarios del Principado de Andorra, así como los productos clasificados en los capítulos 1 a 97 del Sistema Armonizado originarios de la República de San Marino, como productos originarios de la Unión Europea de conformidad con el anexo III.

(4) Procede, por lo tanto, añadir un apéndice VI al anexo III para permitir que los productos indicados reciban el mismo trato, en el momento de su importación en México, que los productos originarios de la Unión Europea, y para establecer las disposiciones de aplicación del anexo III a dichos productos.

(5) El 7 de abril de 2017, el Comité Conjunto adoptó la Decisión n.o 1/2017 (3), que amplía por cuarta vez la aplicación de las normas de origen establecidas en las notas 2 y 3 del apéndice II (a) del anexo III (en lo sucesivo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT