Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de julio de 2019, sobre la composición numérica de las comisiones permanentes (2019/2689(RSO))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

4.5.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 165/20

— Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,

— Vista su Decisión, de 15 de enero de 2014, sobre las competencias de las comisiones parlamentarias permanentes (1),

— Visto el artículo 206 de su Reglamento interno,

  1. Decide que la composición numérica de las comisiones permanentes y de las subcomisiones sea la siguiente: I. Comisión de Asuntos Exteriores: 71 miembros,

    1. Comisión de Desarrollo: 26 miembros,

    2. Comisión de Comercio Internacional: 41 miembros,

    3. Comisión de Presupuestos: 41 miembros,

    4. Comisión de Control Presupuestario: 30 miembros,

    5. Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios: 60 miembros,

    6. Comisión de Empleo y Asuntos Sociales: 55 miembros,

    7. Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria: 76 miembros,

    8. Comisión de Industria, Investigación y Energía: 72 miembros,

    9. Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor: 45 miembros,

    10. Comisión de Transportes y Turismo: 49 miembros,

    11. Comisión de Desarrollo Regional: 43 miembros,

    12. Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural: 48 miembros,

    13. Comisión de Pesca: 28 miembros,

    14. Comisión de Cultura y Educación: 31 miembros,

    15. Comisión de Asuntos Jurídicos: 25 miembros,

    16. Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior: 68 miembros,

    17. Comisión de Asuntos Constitucionales: 28 miembros,

    18. Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género: 35 miembros,

    19. Comisión de Peticiones: 35 miembros, Subcomisión de Derechos Humanos: 30 miembros, Subcomisión de Seguridad y Defensa: 30 miembros;

    ...

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