Decisión (PESC) 2022/376 del Consejo, de 3 de marzo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

4.3.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 70/7

(1) El 5 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/119/PESC (1).

(2) Tras la revisión realizada de la Decisión 2014/119/PESC, procede prorrogar hasta el 6 de marzo de 2023, con respecto a tres personas, y hasta el 6 de septiembre de 2022, con respecto a cuatro personas, la aplicación de las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos. Además, debe actualizarse la información que figura en el anexo de la Decisión 2014/119/PESC sobre el derecho de defensa y el derecho a una tutela judicial efectiva, incluido el derecho fundamental a ser oída equitativa y públicamente en un plazo razonable por un tribunal independiente e imparcial establecido previamente por la ley. Finalmente, debe suprimirse la entrada correspondiente a una persona contra la que la aplicación de medidas restrictivas expiró el 6 de septiembre de 2021, así como la información relativa a su derecho de defensa y a su derecho a una tutela judicial efectiva.

(3) Procede modificar, por lo tanto, la Decisión 2014/119/PESC en consecuencia.

1) En el artículo 5, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «La presente Decisión será aplicable hasta el 6 de marzo de 2023. Las medidas del artículo 1 se aplicarán hasta el 6 de septiembre de 2022 con respecto a las entradas 1, 3, 7 y 9 del anexo.».

2) El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

1) En la sección A («Lista de personas, entidades y organismos a que hace referencia el artículo 1») se suprime la mención relativa a la siguiente persona: 17. Oleksandr Viktorovych Klymenko (Олександр Вiкторович Клименко).

2) La sección B («Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva») se sustituye por el texto siguiente: «B. Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva con arreglo al Código de Procedimiento Penal de Ucrania El artículo 42 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania (CPPU) establece que toda persona sospechosa o acusada en un proceso penal, gozará del derecho de defensa y del derecho a una tutela judicial efectiva. Ello incluye: el derecho de toda persona a ser informada de qué delito es sospechoso o se le acusa; el derecho a ser informada, de forma expresa y sin demora, de sus derechos con arreglo al CPPU; el derecho a la asistencia de un abogado en cuanto lo solicite la primera vez; el derecho a solicitar medidas procesales; y el derecho a recurrir decisiones, actos u omisiones del investigador, el fiscal y el juez de instrucción. El artículo 303 del CPPU distingue entre las decisiones y omisiones que pueden impugnarse durante la fase de instrucción (párrafo primero) y las decisiones, actos u omisiones que pueden ser examinadas por los tribunales durante la fase preparatoria (párrafo segundo). El artículo 306 del CPPU dispone que las reclamaciones contra las decisiones, actos u omisiones del investigador o del fiscal deben ser examinadas por un juez de instrucción de un tribunal local en presencia del demandante o de su abogado o representante legal. El artículo 308 del CPPU dispone que las denuncias por incumplimiento del tiempo razonable durante la instrucción por parte del investigador o fiscal pueden presentarse ante un fiscal superior y deben ser examinadas en el plazo de tres días desde su presentación. Además, el artículo 309 del CPPU especifica qué decisiones de los jueces de instrucción pueden ser recurridas, y también que otro tipo de decisiones pueden ser objeto de control judicial en el marco de las diligencias previas ante el tribunal. Además, una serie de medidas de instrucción procesal solo son posibles si previamente han sido objeto de una resolución adoptada por el juez de instrucción o por un tribunal (por ejemplo, el embargo de bienes con arreglo a los artículos 167-175 y las medidas de privación de libertad en aplicación de los artículos 176-178 del CPPU). Aplicación del derecho de defensa y del derecho a la tutela judicial efectiva de cada una de las personas incluidas en la lista 1. Viktor Fedorovych Yanukovych El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso. La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva del Sr. Yanukovych, incluido el derecho fundamental a que su causa fuera oída dentro de un plazo razonable por un tribunal independiente e imparcial, fueron respetados en el proceso judicial sobre el que se basó el Consejo. Ello queda demostrado, en particular, por la resolución del Tribunal Superior de Lucha contra la Corrupción de Ucrania de 10 de agosto de 2020 en el procedimiento penal n.o 42016000000000785, en la que el Tribunal examinó la petición de la Oficina Nacional de Lucha contra la Corrupción de Ucrania y concedió permiso para detener al Sr. Yanukovych. En la sentencia del Tribunal, el juez de instrucción confirmó que existía una sospecha razonable de la implicación del Sr. Yanukovych en un delito relacionado con la...

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