Decisión nº 940/2011/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2011, sobre el Año Europeo del Envejecimiento Activo y de la Solidaridad Intergeneracional (2012)

SectionDecision
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

23.9.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 246/5

ES

DECISIONES

DECISIÓN N o 940/2011/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 14 de septiembre de 2011

sobre el Año Europeo del Envejecimiento Activo y de la Solidaridad Intergeneracional (2012)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 153, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo

( 1

),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario

( 2

),

Considerando lo siguiente:

(1) De acuerdo con el artículo 147, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Unión debe contribuir a un alto nivel de empleo mediante el fomento de la cooperación entre los Estados miembros, así como apoyando y, en caso necesario, complementando sus respectivas actuaciones.

(2) De acuerdo con el artículo 153, apartado 1, del TFUE, la Unión debe apoyar y completar la acción de los Estados miembros sobre las condiciones de trabajo, la integración de las personas excluidas del mercado laboral y la lucha contra la exclusión social.

(3) De acuerdo con el artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, la Unión debe combatir, entre otras cosas, la exclusión social y la discriminación, y debe fomentar la justicia y protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres y la solidaridad entre las generaciones.

(4) En el artículo 174 del TFUE se reconoce que algunas regiones de la Unión padecen desventajas demográficas graves y permanentes que pueden afectar negativamente su nivel de desarrollo y requerir especial atención si la Unión quiere alcanzar el objetivo de cohesión económica, social y territorial.

(5) De acuerdo con el artículo 25 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la Unión reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural.

(6) El envejecimiento es indudablemente un desafío para el conjunto de la sociedad y para todas las generaciones en Europa, y es también una cuestión relacionada con la solidaridad entre las generaciones y con la familia.

(7) La parte de la población de la Unión compuesta por personas que rondan los 60 años o los superan se incrementará a un ritmo mucho más rápido que en cualquier tiempo pasado. Este aumento es muy positivo, ya que es una consecuencia lógica de la mejora de la salud y la calidad de vida. Sin embargo, debido a este cambio demográfico, la Unión se enfrenta a una serie de desafíos.

(8) Sucesivos Consejos Europeos han reconocido la necesidad de combatir el efecto del envejecimiento demográfico sobre los modelos sociales europeos. Una respuesta fundamental a este rápido cambio de la estructura de edades consiste en promover la creación de una cultura del envejecimiento activo como un proceso permanente y, en consecuencia, garantizar que las personas que actualmente tienen cerca de 60 años o más, cuyo número aumenta rápidamente y que, globalmente, están más sanas y mejor formadas que ningún otro grupo anterior de esa edad, gocen de buenas oportunidades de empleo y participación activa en la vida familiar y social, también a través de actividades de voluntariado, el aprendizaje permanente, la expresión cultural y el deporte.

(9) La Organización Mundial de la Salud define el envejecimiento activo como el proceso en el que se optimizan las oportunidades de salud, participación y seguridad a fin de mejorar la calidad de vida de las personas a medida que envejecen. El envejecimiento activo permite que las personas realicen su potencial de bienestar físico, social y

( 1 ) DO C 51 de 17.2.2011, p. 55.

( 2 ) Posición del Parlamento Europeo de 7 de julio de 2011 (no publicada aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 19 de julio de 2011.

L 246/6 Diario Oficial de la Unión Europea 23.9.2011

ES

mental a lo largo de toda su vida y que participen en la sociedad, a la vez que se les proporciona una protección, una seguridad y unos cuidados adecuados cuando lo necesiten. De ahí que el fomento del envejecimiento activo exija un enfoque multidimensional, así como responsabilización y apoyo permanente entre todas las generaciones.

(10) El Año Europeo del Envejecimiento Activo y la Solidaridad Intergeneracional (2012) debe basarse en el legado del Año Europeo de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (2010) y del Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que Fomenten una Ciudadanía Activa (2011), por lo que deben promoverse las sinergias entre estos años europeos y el Año Europeo del Envejecimiento Activo y la Solidaridad Intergeneracional (2012) («Año Europeo»).

(11) Debido a la creciente proporción de personas mayores en Europa y al incremento de las dolencias crónicas, resulta más importante que nunca promover un envejecimiento saludable para todos, y en particular para las personas de más edad, apoyando su vitalidad y dignidad gracias, por ejemplo, al acceso garantizado a una atención sanitaria adecuada y de alta calidad, a la atención de larga duración y a los servicios sociales, y al desarrollo de iniciativas que fomenten la prevención de los riesgos para la salud asociados con el envejecimiento. Un envejecimiento saludable puede contribuir a que las personas de más edad incrementen su participación en el mercado de trabajo, permanezcan activas más tiempo en la sociedad y mejoren su calidad de vida individual, y a que se reduzca la carga para los sistemas de atención sanitaria y social y para los regímenes de pensiones.

(12) La Comisión expuso su visión sobre los retos demográficos de la Unión y las posibilidades de superarlos en las Comunicaciones «El futuro demográfico de Europa: transformar un reto en una oportunidad», de 12 de octubre de 2006, «Fomento de la solidaridad entre las generaciones», de 10 de mayo de 2007, y «Abordar los efectos del envejecimiento de la población de la UE (informe sobre envejecimiento 2009)», de 29 de abril de 2009.

(13) La diversidad de las generaciones mayores en Europa seguirá aumentando. Por lo tanto, es fundamental promover activamente la igualdad de oportunidades y alentar la participación. Los ciudadanos activos de diferentes procedencias desempeñan importantes funciones de puente en la sociedad, fomentan la integración y contribuyen a la economía.

(14) El 22 de febrero de 2007, el Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo adoptaron una Resolución sobre «Oportunidades y retos del cambio demográfico en Europa: contribución de las personas de mayor edad al desarrollo económico y social», en la que se hacía hincapié tanto en la necesidad de aumentar las posibilidades de participación activa de las personas de más edad, en particular a través del voluntariado, como en las nuevas oportunidades económicas («economía de plata») derivadas de la creciente demanda de algunos bienes y servicios por parte de las personas mayores y en la importancia de dar una imagen pública positiva de estas personas.

(15) El 8 de junio de 2009, el Consejo adoptó sus conclusiones sobre «Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres: envejecer con dignidad y llevando una vida activa», en las que reconoció que en toda la Unión, los hombres y las mujeres de más edad se enfrentan a importantes retos para llevar una vida activa y envejecer de manera digna, y...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT